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—El presidente Carlos Alvarado Quesada y el ministro de Seguridad, Michael Soto Rojas, firmaron ayer la reforma a la ley de armas que se tramitó bajo el expediente legislativo 20.508 y que durante meses genero discusiones en redes sociales.
— La reforma viene a mejorar la regulación vigente en el país en el tema de las armas de fuego, e incluye varios avances, entre ellos:
- Aumenta las penas de tenencia ilícita de armas tanto legales (de 3 a 5 años) como prohibidas (de 4 a 8 años).
- Obliga a quien venda un arma a informar sobre el trámite al Departamento de Armas y Explosivos del Ministerio de Seguridad Pública.
- Impone una sanción económica (multas de 10 a 60 días) a quienes en un plazo de 5 días no reporten haber perdido un arma o no denuncien que un arma les haya sido robada.
- Sanciona con 5 salarios base a las casas de empeño que reciban armas, municiones, o explosivos como garantías.
- Establece la obligación de que las empresas de seguridad privada que cierren operaciones entreguen todas las armas que tengan registradas al Ministerio de Seguridad Pública.
— Paralelamente la Sala Constitucional declaró que el proyecto de ley 20.509, que reforma la Ley de Armas y Explosivos, no contraria a la Constitución Política.
— La resolución fue emitida a raíz de una consulta legislativa facultativa presentada por los diputados Pablo Heriberto Abarca Mora, María Inés Solís Quirós , Pedro Muñoz Fonseca, Aracelly Salas Eduarte, Oscar Cascante Cascante, Shirley Díaz Mehías, Patricia Villegas Álvarez, Walter Muñoz Céspedes, Zoila Volio Pacheco, Dragos Dolanescu Valenciano y Mélvin Nuñez Piña.
— El proyecto en cuestión introduce varias limitaciones a las tenencia de armas, tales como:
- Reducir la cantidad máxima de armas por persona de 3 a 2.
- Poner fecha de vencimiento a la inscripción de un arma, que deberá ser renovada cada 6 años.
- Impedir el registro de armas a personas que hayan sido elevadas a juicio por delitos contra la libertad, delitos sexuales e infracción a la Ley de Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de Uso No Autorizado y Actividades Conexas, crimen organizado y cualquier otro delito donde medie la violencia.
— Los congresistas que firmaron la consulta argumentaron que las modificaciones mencionadas violentaban el derecho a la propiedad privada, eran desproporcionales y violentaban el principio de inocencia.
— En su fallo, la Sala consideró que todos los argumentos de los diputados no eran de recibo indicándole al Congreso que en los aspectos consultados el proyecto “no resulta contrario al Derecho de la Constitución, ni a los valores y principios que lo informan”.
— Con el visto bueno de la Sala, el proyecto puede ahora regresar al plenario para ser discutido y votado en segundo debate.
— Días atrás en la Asamblea Legislativa se aprobó en segundo debate el proyecto de ley 21.032, que permite decomisar todas las armas que tenga una persona denunciada por violencia doméstica y una vez que se dicten medidas cautelares destruirlas y retirar el permiso de posesión de armas a la persona.
— El martes pasado, la ministra de la Condición de la Mujer, Patricia Mora Castellanos, celebró la aprobación en segundo debate del proyecto y recordó: “Más de 300 mujeres murieron por su condición de género entre el 2007 y el 2017 y en muchos de estos casos fue por un arma de fuego, estas reformas son un paso más en la defensa de la vida de cientos de mujeres que sufren violencia doméstica día con día".
— Por lo pronto, seguiremos al tanto del avance 20.509 y les estaremos informando.
Esta nota es parte del Reporte: De la ley de armas, Obras del Espíritu Santo y una jornada movida para Guevara y Villalta.