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— Casi 6 meses después la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia por fin notificó el voto sobre una acción de inconstitucionalidad presentada por el abogado Yashín Castrillo, referente a las uniones de hecho entre las personas del mismo sexo en el país.

— Esta sentencia, cuyo Por Tanto se dio a conocer desde el 8 de agosto pasado, corresponde a la acción que Castrillo presentó desde el año 2013, en la cual solicitaba que se declarase inconstitucional el artículo 242 del Código de Familia, que señala que:

La unión de hecho pública, notoria, única y estable, por mas de tres años, entre un hombre y una mujer que posean aptitud legal para contraer matrimonio, surtirá todos los efectos patrimoniales propios de matrimonio formalizado legalmente, al finalizar por cualquier causa.

— Del mismo modo el artículo 4, inciso m) de la Ley de General de la Persona Joven que resguarda:

El derecho al reconocimiento, sin discriminación contraria a la dignidad humana, de los efectos sociales y patrimoniales de las uniones de hecho que constituyan de forma pública, notoria, única y estable, con aptitud legal para contraer matrimonio por más de tres años.

— La solicitud de la declaración de inconstitucionalidad del primer artículo, refiere a la discriminación que representa que se consideren únicamente legales las uniones entre hombre y mujer y la segunda a que, como el marco de la Ley de la Persona Joven únicamente atañe a personas de hasta 35 años, a la que representa que se deje de lado a un segmento poblacional mayor a dicha edad.

— Esta acción de inconstitucionalidad fue otro de esos temas que estuvo durmiendo el sueño de los justos en el país, hasta que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) dictaminó, el 8 de enero del año pasado, que es discriminación que a un sector se le reconozcan derechos que a otro no, lo que motivó que 8 meses después la Sala fallase que el matrimonio y la unión civil son derechos que también se le concederán a las parejas del mismo sexo, le guste a quien le guste #TeamANosotrosNosGusta

El fallo del matrimonio se notificó, por fin, en noviembre del año pasado, 3 meses después. Sin embargo, el de uniones de hecho no vio la luz sino hasta este lunes, lo que nos tuvo en ascuas porque como bien les contamos a inicios de enero cuando les hablamos del tema, dependiendo de los términos en los que hubiese sido redactada la sentencia, las uniones de hecho entre personas del mismo sexo podrían haber sido una realidad apenas se liberase el fallo o bien, podrían haber tenido que seguir esperando, como el matrimonio igualitario.

— Y ¿adivinan? Ajá, ganó la segunda opción: la Sala Constitucional instó a la Asamblea Legislativa a adecuar el marco jurídico nacional para regular los alcances y efectos derivados de las uniones de hecho entre personas del mismo sexo y les dio un plazo de 18 meses para ello.

— Ahora, pongan atención a esto porque la cosa tiene truco: ¿se acuerdan que, amparados en la Ley de la Persona Joven, en 2015 una pareja gay conformada por un hombre y su pareja de en ese entonces menos de 35 años, homologaron su unión frente a un juez y que ese juez ahora se expone a sanciones legales? Pues bien, ese punto queda abierto en la sentencia y para la Sala, es la Inspección Judicial la que tiene que ver qué hace con el caso.

— Esta disposición deja el portillo abierto a que si el juez no recibiese ninguna sanción otros jueces puedan reconocer de inmediato las uniones entre las parejas del mismo sexo y no habría entonces, en la práctica, que esperar a que pasen los 18 meses que tiene la Asamblea.

— Porque, otro detalle: ¿qué pasa si en estos 18 meses no se define en la Asamblea algo al respecto? La respuesta ya la conocen: la unión de hecho para personas del mismo sexo será legal y punto. Así lo señaló el propio Castrillo, al conversarlo con Noticias Monumental:

Si bien es cierto, no se dice de una forma tan clara y expresa como sí ocurre en el voto del matrimonio (en relación con que ante la inercia de la Asamblea Legislativa y la omisión de regulación de ese marco jurídico dentro de ese plazo, entraría a regir de forma automática el matrimonio) lo cierto del caso es que sí se señala que la remisión a la Asamblea Legislativa en unión de hecho es bajo las mismas consideraciones que se hizo en relación con el matrimonio igualitario.

— Así, después de todo este jalar la cuerda de aquí para allá y de allá para acá, de que todavía no, que en 18 meses sí y de esperar tantos y tantos meses, lo cierto es que en 2020 las parejas del mismo sexo se van a poder casar y las que vivan juntas van a tener los mismos derechos que las heterosexuales que estén conviviendo bajo esa figura.

— La Costa Rica del 2020 va a ser un país un poquito más igualitario para todos y, con trucos de la Sala o no, ya queda claridad total de que esto va a celebrarse.

Esta nota es parte del Reporte: ¿Cuánto cuestan las embajadas injustificadas?