La Sala Constitucional rechazó, por unanimidad, un recurso de amparo presentado por la Federación de Estudiantes de la Universidad de Costa Rica (FEUCR) y otros 1500 estudiantes, contra la rebaja de 10 mil millones al crecimiento del Fondo Especial para la Educación Superior (FEES) del 2019.

Así consta en la resolución 2018-019246 emitida a raíz del recurso de amparo tramitado en el expediente 18-017806-0007-CO, presentado ante el alto tribunal el pasado 8 de noviembre.

Los estudiantes reclamaron que tanto el Poder Ejecutivo como el Legislativo estaban violentando el artículo 78 de la Constitución Política, al no presupuestar el 8% del PIB en educación pública, además de que en la Comisión de Hacendarios del Congreso se aplicó una rebaja de 10 mil millones al FEES.

Por el primer alegato, el Tribunal señaló que la labor de formular el proyecto de Presupuesto Nacional compete al Ejecutivo y su análisis al Legislativo.

"Entre las funciones legales y constitucionales que le han sido asignadas a esta jurisdicción, no se encuentra ninguna que le permita involucrarse en la forma que lo pretenden los accionantes", dice la resolución, redactada por Jorge Araya García.

Si los petentes tienen objeciones o recomendaciones que hacer a un proyecto de ley, podrán hacerlas llegar, si a bien lo tienen, a sus representantes en el Congreso, quienes por su condición están obligados a escuchar y analizar el parecer y las sugerencias de sus representados en relación con los proyectos de ley sometidos a su conocimiento, pero no ante esta Sala, por ser un aspecto ajeno al ámbito de su competencia.

Por otro lado, la Sala reiteró que desde el año 2000 ha señalado (en más de 70 ocasiones distintas) que no se puede cuestionar mediante un recurso de amparo la legitimidad y procedencia de un trámite legislativo.

Cívica 2.0: Por qué no se puede impugnar un proyecto de ley mediante un recurso de amparo

Todos los actos que se dicten en torno a ese procedimiento son internos y preparatorios del órgano legislativo, no administrativos, los cuales no pueden en principio ser conocidos por este Tribunal, pues son actos que carecen de efectos externos. En consecuencia, el recurso es inadmisible y así se declara.

El Presupuesto Nacional 2019, con todo y rebaja de 10 mil millones al crecimiento del FEES, fue aprobado en primer debate por el Plenario el 20 de noviembre.