— Durante las últimas semanas la Asamblea Legislativa ha recuperado el tiempo perdido en el tema de nombramientos de magistrados (¡al fin!) que habían estado en pausa desde el 2016.

Dato D+: El último nombramiento que había realizado la Asamblea Legislativa fue el del magistrado Luis Porfirio Sánchez Rodríguez en setiembre del 2016.

— Después de 3 años con puestos vacantes, en cuestión de dos semanas la Asamblea Legislativa ha nombrado a dos magistrados y una magistrada a la Corte Plena. Pero a pesar de la velocidad con que han operado estas semanas no se puede esperar que los ocho nombramientos salgan tan rápido, ya que el acuerdo legislativo era para sacar cuatro nombramientos, dado que los otros demás todavía están en estudio de la Comisión y todavía no han llegado a Plenario…

— Los hasta ahora designados son Jorge Araya Garcíaquien asumió el puesto dejado en la Sala Constitucional por Gilberth Armijo en 2015, Patricia Solano Castro en la Sala III  y Jorge Olaso Álvarez, quien fue juramentado el día de ayer como magistrado de la Sala II.

Dato D+: Los cinco asientos vacantes en la Corte Plena se dividen en: uno en la Sala II, uno en la Sala Constitucional y tres en nuestra querida Sala III.

— Hay que recordar que la Sala II es la que ve temas de derecho de laboral y de familia… así que en medio de una huelga no resuelta —y con por lo menos un recurso de casación de camino— y con la reciente presentación del voto completo del tema de matrimonio igualitario, pues… podemos dar por sentado que la Sala II estará bajo la lupa en el futuro próximo como pocas veces antes.

— En fin, aprovechando la visita del nuevo magistrado a la Asamblea —para ser juramentado— el día de ayer nuestro reportero Luis Madrigal le hizo un par de preguntas relacionadas a estos temas, para conocer un poco su pensamiento…

— En primer lugar, consultamos por el tema de matrimonio igualitario y las implicaciones del voto para la Sala II, tomando en cuenta que la Sala Constitucional señaló una serie de leyes que deberían ser reformadas, ya que fueron concebidas bajo una lógica de matrimonio heterosexual…

— Ante esto Olaso Álvarez respondió:

El voto de la Sala Constitucional es vinculante, desde el punto de vista de la interpretación que tendría que hacer la Sala II, se resolverá en ocasión y con ocasión de los votos de la Sala Constitucional. Independientemente de que haya una reforma legislativa o no, la situación de los votos de la Sala Constitucional llevaría a una interpretación en un sentido u otro.  (…) El voto de Sala Constitucional se tiene que interpretar desde el punto de vista de las normas, independientemente de las que señala como indirectamente de las que toca, entonces será una interpretación que se deberá aplicar en cada caso concreto. La Sala II, evidentemente, tendrá una importancia relevante en eso.

— Claro y directo, por lo que podemos tener alguna certeza de qué esperar de él en ese tema.

— Por otro lado, al consultarle sobre la interpretación de las leyes por parte de los jueces en relación a que varios diputados han señalado que la Reforma Procesal Laboral no es lo que esperaban y ya quieren modificarla de nuevo — el magistrado señaló:

Es un tema de interpretación. La Asamblea Legislativa hace la norma, pero los jueces y las juezas las interpretan. Bajo un planteamiento de interpretación normativo, los jueces pueden leer una norma y darle interpretación.  Evidentemente a veces, en el contexto de la discusión legislativa, puede ser que la idea por la cual se planteó una norma sea esta, pero en el marco de la interpretación, principios, situaciones concretas, realidad social, política, económica que tiene que aplicar un juez, lleva a interpretar la norma. La norma tiene que ser interpretada, por más que deriva de una Asamblea Legislativa, es el operador en su diario vivir el que tiene que interpretarla.  Eso es el Derecho, el Derecho es interpretación. (…) El legislador crea una norma, él tiene una hipótesis de cómo se va a implementar o cómo no se va a implementar, en cambio el intérprete desde el punto de vista del operador, se encuentra una situación de realidad. Un caso concreto, una cosa es diseñar una norma para una hipótesis general y otra cosa es resolver un caso concreto aplicando la norma.

— En dos platos: quedamos como con todo lo relacionado a la Reforma Procesal Laboral, sin saber qué esperar… a menos que los diputados la re-reformen.

Bonus Track: En La Nación, propuesta de vía rápida para dar claridad en el tema de las consecuencias de las huelgas ilegales no recibiría apoyo del grupo de exrestauradores y todavía no tiene los 38 votos.

Hidden TrackLos votos más relevantes de Jorge Araya, magistrado de la Sala Constitucional desde el 1 de noviembre. Para suscriptores D+.

Esta nota es parte del Reporte: ¿Golpazo a las pensiones de lujo? No. Mientras tanto, en Limón...