Las parejas de personas del mismo sexo podrán contraer matrimonio en Costa Rica a partir del 26 de mayo del 2020, luego de que fuera publicada, este lunes, la sentencia completa de la Sala Constitucional que avaló esas uniones.

La publicación apareció la madrugada de hoy en el sitio web de la Imprenta Nacional, institución estatal encargada de las publicaciones en La Gaceta (diario oficial) y el Boletín Judicial (órgano del Poder Judicial).

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El Presidente de la República, Carlos Alvarado, había anunciado el pasado 23 de noviembre que coordinó con la Imprenta Nacional para que la publicación del fallo, de casi 300 páginas de extensión, se diera al día hábil siguiente.

Sin la publicación de la sentencia íntegra en el Boletín Judicial, el plazo de 18 meses dado por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, para que el Congreso haga las modificaciones necesarias "por las buenas", no empezará a correr.

Si al 26 de mayo del 2020 los diputados y diputadas no promulgan la legislación necesaria para derogar la prohibición existente para que las parejas del mismo sexo puedan contraer matrimonio, esta quedará automáticamente anulada.

La adopción del matrimonio igualitario en Costa Rica se dio luego de una opinión consultiva emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que determinó que los Estados parte de la Convención Americana de Derechos Humanos debían permitir a las parejas de personas del mismo sexo, el acceso a las figuras jurídicas existentes, incluyendo el matrimonio.

La Sala Constitucional reiteró su jurisprudencia que data desde el año 1995, al declarar que las opiniones consultivas, cuando Costa Rica las solicita, son vinculantes para el país. 

Así razonó cada magistrado su voto en la sentencia sobre matrimonio igualitario