— Ya nadie sabe qué esperar de la reforma procesal laboral pues como ya hemos venido diciendo más que una ley del Legislativo terminará siendo una ley del Judicial, que será, a fin de cuentas, el que termine por definir qué se debe entender de ese documento que a estas alturas tiene ya más interpretaciones que La Biblia.

— Por ahora lo que sabemos es que el Gobierno recibió ayer no uno ni dos sino tres golpes. Corte Plena, sindicatos del MEP y... una sentencia del Tribunal de Apelaciones de Trabajo del Primer Circuito Judicial que claramente encarece la intención del Ejecutivo de rebajar salarios de forma retroactiva en los casos en que las huelgas se declaren ilegales.

—  Esto en tanto el tribunal de alzada confirmó que la huelga en la municipalidad de Santa Ana es ilegal —como se declaró en primera instancia— pero estableció que no se pueden hacer rebajos salariales desde antes de la declaratoria.

Finalmente, es preciso señalar a la empleadora que la aplicación de sanciones disciplinarias y rebajos salariales de conformidad con el ordinal 379 y 385 del Código de Trabajo no podrán realizarse de forma retroactiva, únicamente a futuro y a partir de la firmeza de esta sentencia, una vez operado el aviso de 24 horas previsto por la legislación procesal para efectos de concertar el reinicio de las actividades”.

— Si tal línea argumentativa se mantiene en el resto de los casos apelados los huelguistas podrán tener total paz con respecto a la posibilidad de perder el pago de los días no trabajados y el Gobierno... se quedará con las ganas de recuperar ese dinero.

— Ya la Sala Constitucional había dicho en su momento (10832-2011) que los trabajadores que participaron en una huelga antes de que se le declarara ilegal “no pueden ser despedidos, rebajados sus salarios ni sancionados de forma alguna por la mera participación en la huelga”, así que los antecedentes en esa dirección no faltan.

— Volviendo al 2018: si dos fallos de alzada más continúan por el trecho que este primero ha marcado podríamos empezar a hablar de jurisprudencia poniendo los puntos sobre las íes con toda claridad. Habrá que ver, en todo caso, si todo esto termina en casación y por supuesto, si no escala a una acción de inconstitucionalidad...

— Sí, ya lo hemos dicho antes: todo este cuento apenas empieza a escribirse. Pero ya pareciera, poco a poco, ir tomando forma.

Esta nota es parte del Reporte: De 38 días de huelga… 38 votos en el Congreso… y el lobo sentado en la sala.