El Estado de Panamá salió victorioso de un arbitraje internacional interpuesto por Antonio Álvarez Desanti, excandidato presidencial del Partido Liberación Nacional, quien reclamaba $100 millones, por una disputa de tierras indígenas.

Así lo anunció la firma Hogan Lovells, el bufete de abogados con sede en Londres y Washington, D.C. que tuvo a su cargo la defensa del país centroamericano ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI).

Según un comunicado del bufete, el tribunal internacional acogió todos sus alegatos incluyendo la incompetencia del CIADI para conocer del reclamo de Álvarez, así como el hecho de que el exdiputado verdiblanco adquirió las tierras en disputa mediante transacciones fraudulentas, en clara violación a la ley panameña e internacional.

El caso se remonta varios años atrás cuando Álvarez adquirió 686 hectáreas de tierras ubicadas en el distrito costero de Kusapín, en la comarca indígena Ngäbe Buglé (provincia de Chiriquí), para desarrollar un hotel con énfasis ecológico valorado en más de $40 millones.

El diario La Prensa de Panamá develó en el 2013 que la abogada que le vendió al político esas tierras las "compró" en menos de $200.000 a tres habitantes del territorio indígena, pero se las vendió al tico en varios millones de dólares.

Posteriormente, el Estado de Panamá declaró el sitio donde se ubicaban las fincas como “Área Protegida Nacional”, declarando nula la adquisición de las tierras por parte de Álvarez, motivo que llevó al político a entablar un arbitraje millonario ante el CIADI.

El verdiblanco reclamaba $100 millones, incluyendo daño moral y costas.

"El Tribunal coincidió con Panamá de que carecía de jurisdicción y desechó todos los alegatos contra el país. En su decisión, el Tribunal hizo notar que todos los tratados de inversión tienen implícito el requisito de que  el inversionista cumpla con las leyes domésticas. Específicamente, el Tribunal encontró que los reclamantes violaron la ley panameña y el fuero de protección especial que tienen las comunidades indígenas de Panamá", dijo el bufete.

"La violación de la ley se consideró grave, lo que impidió a las demandantes obtener protección en virtud de los tratados aplicables. El Tribunal también encontró que los demandantes no realizaron la debida diligencia e ignoraron las múltiples "señales de alerta" con respecto a la ilegalidad de su inversión".