Un proyecto de ley presentado por el diputado José María Villalta, del Frente Amplio, propone prohibir las llamadas "terapias de conversión" para la población sexualmente diversa, y sancionar a quienes las recomienden o practiquen.
Se trata del expediente 20.970, denominado "Adición de los artículos 35, 68 bis, 384 bis y de un inciso e) al artículo 260 de la Ley General de Salud, N° 5395 de 30 de octubre de 1973 y sus reformas", en estudio de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso.
La iniciativa pretende rescatar múltiples acuerdos, tratados y convenios internacionales sobre Derechos Humanos, en los cuales se ha dejado sin sustento o justificación ética ni jurídica las intervenciones médicas y psicológicas que, sin base científica, pretendían “curar” o “corregir” la orientación sexual.
"Toda aquella acción que pretenda eliminar o suprimir la orientación sexual de una persona, se convierte por supuesto, en una forma de discriminación y violencia, que atenta contra el Estado de derecho en tanto vulnera derechos humanos fundamentales de la población LGBTI. Precisamente este es el caso de las “terapias reparativas”, “curativas” o de “conversión” de la orientación sexual, identidad de género y características sexuales de una persona", señaló Villalta Florez-Estrada en la justificación de su proyecto.
El legislador recordó que desde el año 1996, la Asociación Estadounidense de Psiquiatría adoptó una posición en contra de las mismas y llamó a su prohibición, al no ser las personas sexualmente diversas enfermos mentales que deben ser curados debido a su orientación sexual.
De igual forma, desde el año 2000 la Asociación Estadounidense de Psiquiatría se posicionó en contra de las terapias “reparativas” de la orientación sexual, identidad de género o características sexuales de un individuo, cuestionando su validez científica, la falta de estudios, investigaciones y resultados científicos que pudieran validarlas.
Asimismo, la Organización Mundial de la Salud y la Organización Panamericana de la Salud (OPS) lanzaron una declaración conjunta en 2012, titulada “Terapias de cambio de orientación sexual no tienen justificación médica y amenazan la salud de las personas”.
Ya que la homosexualidad no es un trastorno o enfermedad, no requiere cura. En consecuencia, no existe indicación médica para el cambio de orientación sexual. Las prácticas conocidas como “terapias reparativas” o “de reconversión”, representan una grave amenaza para la salud y el bienestar, inclusive la vida, de las personas afectadas
Por todo lo anterior, el diputado propuso varias reformas a la Ley General de Salud para prohibir cualquier amenaza, coacción o actitud forzosa a una persona para que esconda, modifique o niegue sus características sexuales, identidad de género, expresión de género u orientación sexual, así como el someterse a tratamientos aversivos de cualquier índole que pretendan convertir, revertir o modificarlas.
De esa prohibición estarían excluidas cualquier tratamiento y servicio de salud de tipo afirmativo del género y sexualidad, sustentado en criterios científicos según estándares internacionales, que obedezcan a la propia decisión de la persona y tengan por finalidad asegurar su propio derecho a la salud y a la identidad.
Asimismo, la reforma prohibiría toda propaganda o publicidad engañosa o ambigua sobre terapias aversivas que pretendan suprimir, revertir o modificar a modo de pretendida curación las características sexuales, expresión de género, identidad de género u orientación sexual de las personas LGBTI+.
Finalmente, el legislador planteó que el incumplimiento de las anteriores prohibiciones sea castigado con una pena de 60 a 100 días multa, y que en caso de reincidencia además de la multa se impondrá la suspensión del ejercicio de la profesión hasta por un lapso de tres años tratándose de una persona física y la cancelación de la respectiva licencia o permiso sanitario de funcionamiento, a la respectiva persona jurídica.
Nayla Carvajal Sancho, activista por los Derechos Humanos y activista independiente del Frente por los Derechos Igualitarios (FDI), afirmó a Delfino.cr que actualizar la Ley General de Salud para adaptarla a los instrumentos internacionales que condenan toda forma de discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género, es una necesidad urgente.
"Prohibir las llamadas "terapias de conversión" es una urgencia para la protección de la población de niñas, niños y adolescentes LGBTIQ que están bajo la patria potestad de sus progenitores o responsables legales, por ende son más vulnerables a ser introducidos a estos procesos en contra de su voluntad o sin el reconocimiento y respeto de su diversidad sexual", afirmó.