En el año 2008, cuando ocupé el cargo de Ministra de Salud, recibí varias solicitudes para pronunciarme sobre el matrimonio civil de personas del mismo sexo, con criterio desde el punto de vista de la salud pública. Es importante recordar que, desde hace 23 años, la Organización Mundial de la Salud retiró el homosexualismo y el lesbianismo de la clasificación internacional de las enfermedades y lo declaró una variante de la sexualidad humana.

Ante la actual coyuntura que vive el país, quiero actualizar lo que en ese momento dije, para dar la perspectiva desde la óptica de la salud. Como en ese entonces, de nuevo hice una búsqueda bibliográfica en el PUBMED, para emitir un criterio informado. Los criterios que se emiten no deben ser producto de la ocurrencia, sino de la evidencia.

La revisión evidencia que, en las sociedades donde se han aprobado estos tipos de uniones, las personas que gozaron del beneficio tienen una mejor salud mental y son emocionalmente más estables. Con la aprobación de uniones civiles de personas del mismo sexo se redujeron la tendencia al suicidio, el cambio de parejas, y las actividades sexuales de riesgo, que predisponía a un mayor número de enfermedades de transmisión sexual. Por otro lado, al ser la sociedad más abierta, hay menos violencia y mayor respeto por la diversidad, no solo por la sexual, sino también por opiniones, posturas ante el mundo y vivencias.

El colegio de gineco-obstetras del Estados Unidos emitió, en el 2013, su criterio al respecto. Menciona que “Las parejas del mismo sexo y sus familias se ven afectadas negativamente por la falta de reconocimiento legal de sus relaciones, un problema con importantes implicaciones para la salud de las parejas del mismo sexo y sus familias. El daño tangible proviene de la falta de protecciones financieras y de atención médica otorgadas a los cónyuges legales”.

Agrega : “La evidencia sugiere que el matrimonio confiere beneficios de salud a individuos y familias, sin embargo, una proporción considerable de personas no experimenta estos beneficios de salud debido a su orientación sexual. Datos adicionales sugieren que las parejas del mismo sexo que viven en estados con prohibiciones de uniones entre personas del mismo sexo experimentan resultados de salud adversos”. En el 2018, ratificaron su criterio técnico y se pronuncian en el sentido de que  se debe reconocer la diversidad y se deben tomar medidas para garantizar que los espacios clínicos sean afirmativos y abiertos a todos los pacientes, para que la atención de salud reproductiva equitativa e integral pueda satisfacer las necesidades de estas comunidades”.

Hay que recordar la historia y aprender de ella. En los inicios de la enfermedad que se llamó SIDA (síndrome de inmunodeficiencia adquirida),  esta infección se estigmatizó como “cáncer de los homosexuales”, lo cual trajo un retraso de la identificación, tratamiento y seguimiento de otros grupos de riesgo, que no eran gais. El SIDA ahora no es una sentencia de muerte; se sabe que no afecta solo a los gais y que depende mucho de conductas de riesgo que pueden prevenirse, si hay apertura para discutirlas y no se las estigmatiza. Aún así, cada año tenemos mujeres con diagnóstico reciente de ser portadoras del VIH (virus de la inmunodeficiencia humana). Muchas de ellas se enteran de su condición por medio del tamizaje de rutina que se hace durante el embarazo,  y algunas se dan cuenta de que su esposo, novio o pareja es homosexual, pero nunca ha podido reconocerlo por el temor al rechazo social, que lo hizo tratar de vivir una vida “normal”. Reconocer los derechos de los individuos, independiente de su orientación sexual, y ser una sociedad respetuosa de la diversidad es un asunto de salud pública, no solo salud física, sino salud mental. Al fin y al cabo, la salud es bienestar, y el bienestar es estar bien, sin que nadie se sienta ni excluido ni rechazado, y menos, privado de derechos.

Espero mi aporte sea de utilidad para darles un elemento más a los señores y a las señoras magistrados y magistradas a la hora de decidir los aspectos legales en torno a la unión civil de personas del mismo sexo.

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