La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia condenó al Estado a pagarle costas, daños y perjuicios al asesor jurídico de la Junta Directiva del Banco de Costa Rica, Fabián Volio Echeverría, porque el Congreso consignó hechos falsos en su contra en el informe de investigación sobre el cementazo que dejaron los antiguos diputados, sin darle derecho de defensa. 

Así se ordenó en la sentencia 2018-010132 del pasado 22 de junio y revelada esta semana por el Centro de Jurisprudencia del máximo tribunal de la República.

El caso empezó porque la Comisión Especial que estudió el cementazo determinó que Volio debía ser destituido de su cargo, porque emitió un dictamen legal que permitió reformar la normativa con la que se contrató a Mario Barrenechea como gerente general del BCR.

En una nota que envió al Congreso, el funcionario advirtió que lo que habían dicho de él era falso y que podía constatarse en las actas del Banco, por lo que solicitaba la modificación del informe pues la conclusión y recomendación de despido en su contra era "equivocada, irresponsable y temeraria", especialmente porque la redactaron sin darle audiencia ni derecho de defensa en la comisión.

La nota fue enviada a los diputados, sin embargo, la Comisión rechazó hacer la modificación alegando que solo el Plenario podía darles autorización para ello con al menos 38 votos. Ante la negativa, Volio acudió a la Sala Constitucional en marzo de este año y su caso fue declarado con lugar, por unanimidad de los magistrados, ordenando anular la recomendación de despido contenida en el informe.

"Le demostré a la Sala dos cosas: que los hechos son falsos y que nunca me llamaron ni me permitieron exponer el tema. Ellos quisieron involucrarme a mi en un tema en el que no tenía nada que ver. Fue totalmente sorpresivo, a mi me llamaron y dijeron que estaba mencionado en el dictamen", afirmó Volio en entrevista telefónica con Delfino.cr

Adicionalmente, ahora el funcionario bancario podrá acudir a la sede contencioso-administrativa para reclamar costas, daños y perjuicios causados por la actuación del Congreso. Consultado sobre si ejecutaría el cobro, Volio indicó a este medio que esperará a que le notifiquen la sentencia completa.

Paul Rueda Leal, magistrado de la Sala Constitucional, afirmó a Delfino.cr que la declaratoria con lugar del recurso se dio porque la Comisión violentó el derecho de defensa de Fabián Volio.

Esta no es la primera vez que la Asamblea le causa una condena al Estado por los mismos hechos. En reiterados votos, la Sala Constitucional ha establecido que las comisiones investigadoras está obligadas a respetar y garantizar el derecho de defensa, además de que las recomendaciones de sanciones, como la inhabilitación para ejercer cargos públicos, no pueden ser perpetuas o invadir la independencia de otros poderes o de los partidos políticos.

Finalmente, Volio manifestó que una vez tenga el fallo en sus manos exigirá que toda mención hecha en su contra en el informe del cementazo y las reproducciones que se hayan hecho del mismo, por cualquier medio (inclusive el libro que publicó la Editorial UNED) sea eliminada.

Nota del editor: Esta noticia fue actualizada a las 20:39 horas del 17 de julio para señalar que el motivo por el que el caso fue declarado con lugar fue por violación al derecho de defensa.