Imagen principal del artículo: TSE multa con ₡15,8 millones al PLN por faltas a reglamento electoral
Foto: Luis Madrigal / Delfino.cr

TSE multa con ₡15,8 millones al PLN por faltas a reglamento electoral

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) dejó en firme una multa de 15,8 millones de colones contra el Partido Liberación Nacional (PLN), por faltas al Código Electoral durante las elecciones municipales del 2016.

Así consta en la resolución 3528-E3-2018, suscrita por los magistrados Luis Antonio Sobrado, Max Alberto Esquivel, Zetty María Bou, Luis Diego Brenes y Juan Antonio Casafont el pasado 14 de junio y de la cual, Delfino.cr tiene copia.

El caso se remonta al 4 de abril del 2016 cuando el director general interino del Registro Electoral, Gerardo Abarca Guzmán, solicitó a la Inspección Electoral abrir una investigación preliminar para determinar si existía mérito para iniciar un procedimiento contra el PLN, dado que durante los comicios municipales del 2016 no realizó 19 actividades proselitistas cuyos permisos habían sido aprobados por el Cuerpo Nacional de Delegados.

Las pesquisas iniciales concluyeron en noviembre de ese año y se determinó que había mérito suficiente para realizar una investigación a profundidad, la cual fue ordenada por Héctor Masís, director general del Registro Electoral.

Tras la imputación de cargos y la defensa del partido, Masís impuso una multa de 15.870.000 colones al PLN el 17 de octubre de 2017, por considerar que la agrupación violentó el artículo 13 del Reglamento para autorizar actividades de los partidos políticos en sitios públicos.

Fernando Zamora, secretario general del PLN apeló la sanción el 23 de octubre afirmando que la medida carecía de fundamento probatorio suficiente, por lo que el tema pasó a conocimiento de los magistrados electorales, quienes resolvieron este mes.

Los jueces determinaron que la medida adoptada por el Registro Electoral estaba apegada a derecho, pues de la prueba se permite comprobar que el PLN no realizó 15 piquetes, 2 caravanas, 1 desfile y 1 plaza pública, pese a que pidió los permisos respectivos. La agrupación tampoco informó oportunamente que no haría esas actividades.

Asimismo, desestimaron los argumentos de Zamora al recordar que el Reglamento en cuestión establece que será sancionado el partido que no haga una actividad proselitista por la que se otorgó un permiso, en caso de que no notifique de la cancelación en el momento oportuno.

Las actividades estaban programadas para hacerse durante los meses de noviembre y diciembre del 2015 y enero del 2016, tiempo en que el salario mínimo que se usa para fijar la multa era de 403.400 colones y 424.200 colones, respectivamente.

"Al imponerse el extremo menor de la multa (dos salarios base) por cada incumplimiento del PLN (19 en total: 6 correspondientes al año 2015 y los restantes 13 al año 2016), la sumatoria total de las 19 multas asciende al monto de ₡15,870.000,00 (₡4.848.800,00 correspondientes a 2015 + 11.029.200,00 correspondientes a 2016)".

El Partido deberá cancelar la suma en cuestión en un plazo improrrogable de 10 días hábiles, contados a partir de que sean notificados, bajo advertencia que de no hacerlo les será retenido hasta el 5% de lo que les corresponda por deuda política derivada de las elecciones del 2018, según lo ordena el artículo 300 del Código Electoral.