— El día de ayer supimos que la Corte Plena finalizará el próximo lunes la discusión del proceso administrativo que se lleva en contra de los magistrados de la Sala III Carlos Chinchilla, Doris Arias, Jesús Ramírez y María Elena Cortés (magistrada suplente) por desestimar la acusación contra Otto Guevara Guth y Víctor Morales Zapata por supuestas vinculaciones ehm... más que indebidas con Juan Carlos Bolaños, a fin de realizar gestiones para favorecer sus negocios.

— Según fuentes cercanas a Delfino.cr la discusión se atrasó porque se le debe dar a los acusados la posibilidad de hacer sus alegatos finales, aunque el magistrado Román Solís, instructor del caso, aseguró a CRHoy que la discusión se había extendido durante toda la tarde y por eso no se llegó a decisión alguna...

— Como recordarán, cuando estalló el escándalo de la desestimación, Carlos Chinchilla, presidente de la Corte Suprema de Justicia y magistrado instructor del caso en cuestión, alegó que la Fiscalía les había inducido a error al no incluir un informe de llamadas del OIJ. El propio Chinchilla interpuso una denuncia ante la Inspección Judicial por la supuesta omisión de los papelitos clave por parte de la Fiscalía...

— Más adelante, cuando las cosas se complicaron un poco más (léase nos enteramos de que el informe sí estaba en el expediente), Chinchilla cambió su versión alegando que el informe de llamadas sí existía pero que era insuficiente para que el caso no fuera desestimado...

—Sin embargo, el voto en que los magistrados de la Sala III deciden desestimar el caso señala:

“Las pesquisas llevadas a cabo por la representación fiscal, no permiten vincular con el grado de probabilidad razonada la denuncia interpuesta; y para llegar a tal conclusión el Ministerio Público procedió con una serie de investigaciones, que a lo sumo arrojaron como resultado un tráfico de llamadas entre los diputados Otto Guevara Güth y Víctor Morales Zapata, descartando cualquier contacto por este medio con el señor Juan Carlos Bolaños Rojas dueño de la empresa SINOCEM S.A.”

— Ya por todos es sabido que contrario a lo firmado por la Sala III el informe del OIJ establecía con toda claridad la existencia de contactos telefónicos entre Guevara Guth y Morales Zapata con Bolaños.

— La discusión de la investigación administrativa no es (o no debería ser) si tales contactos eran prueba suficiente para no desestimar la denuncia, sino por qué los magistrados aceptaron como justificación de la Fiscalía una afirmación que era contradictoria con la evidencia del expediente.

— En el caso de Carlos Chinchilla la investigación debería poder demostrar si incluyó tal afirmación por que:

  1. Como dijo inicialmente el informe de llamadas había sido omitido por la Fiscalía —hipótesis que contradicen los registros judiciales—.
  2.  Teniendo el informe del OIJ en el expediente, no revisó la prueba que incluía el registro de llamadas —lo que sería una falta gravísima a su deber como juez—.
  3. A pesar de haber conocido el informe de llamadas del OIJ decidió omitir está información en su voto de desestimación —lo que sería una falta ética a su deber como juez aun más grave—.

— Mientras tanto, los demás magistrados tampoco tienen una explicación que los salve. Si bien podrían recurrir a la justificación de haberse dejado guiar por la recomendación de Carlos Chinchilla esta excusa evidenciaría que firmaron la sentencia sin conocer el expediente... lo que equivaldría a un autofatality ya que la Corte Plena tiene precedentes de aplicar despidos cuando se han tratado de dar estas justificaciones en cortes de menor rango.

— En el 2001 la propia Corte Plena decidió despedir a tres jueces de Pérez Zeledón por reducir la sentencia de dos narcotraficantes mexicanos de 18 a 6 años. La justificación de dos de estos jueces fue justamente haberse dejado guiar por el criterio de la jueza a cargo del caso, excusa que no fue de recibo en aquel momento para la Corte Plena como una justificación válida para sus faltas al deber. Este caso fue mencionado por Ottón Solís en la comparecencia de los Magistrados en la comisión del Cementazo, a lo que los magistrados no pudieron dar mayor respuesta...

Dato D+: El caso de los jueces de Pérez Zeledón destituidos en el 2001 fue la primera ocasión en que la Corte Plena aplicó la sanción máxima posible (destitución) a un juez.

La evidencia en contra de los magistrados es contundente ya que la afirmación mencionada deja entrever que ni siquiera revisaron el expediente completo antes de firmar su sentencia o —peor aún— trataron de esconder información de su sentencia.

— En cualquiera de los dos escenarios la sanción por la falta cometida no debe ser otra más que la destitución. La Corte Plena pudo haber atrasado su decisión una semana, pero para los magistrados de la Sala III la suerte pareciera estar echada...

Bonus Track: La Corte Plena encontró que Jorge Chavarría había cometido faltas gravísimas en este caso por solicitar la desestimación a pesar del informe de llamadas entre los exdiputados y Bolaños que había entregado el OIJ.  Ahora mismo el expediente se encuentra en investigación penal.

Hidden Track: La Corte Plena tiene pendiente también la causa disciplinara contra la Fiscal Berenice Smith, quien solicitó la desestimación del caso Guevara-Morales Zapata, por el que se investiga a los magistrados de la Sala III. Esta causa administrativa debe ser resuelta antes del 28 de junio, caso contrario, prescribirá.

Esta nota fue incluida en el Reporte: Huelga retrasa al país y la Corte Plena el destino de la Sala III del 26 de junio del 2018