La ministra de Hacienda, Rocío Aguilar Montoya se presentó ante la Asamblea Legislativa la tarde de este miércoles para entregar a los diputados el Plan de Contención del Gasto que la administración Alvarado Quesada adoptará. Rescatamos a continuación las medidas concretas anunciadas hasta el momento en el Congreso, tal y como las aludió Aguilar:
- Decreto N° 41157-H. Prórroga Artículo 6 del Decreto Ejecutivo Nº40540-H. Financiamiento de Gastos Operativos con recurso de superávit libre.
Se autoriza a las instituciones que reciben transferencias del Presupuesto Nacional para que durante el 2018 y 2019 puedan financiar gastos operativos con recursos de superávit libre.
- Decreto N°41161-H. Reforma Dedicación Exclusiva.
Las instituciones y empresas públicas cubiertas por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria, podrán reconocer a sus servidores de nivel profesional, en razón de la naturaleza y responsabilidades de los puestos que desempeñan, una suma adicional sobre sus salarios base por concepto de dedicación exclusiva, de la siguiente manera:
- a) Un 10% a aquellos servidores que poseen el grado académico de bachillerato universitario y ocupen un puesto para el que se requiere la condición.
- b) Un 25% a aquellos otros que ostentando el grado académico de licenciatura u otro superior, ocupen un puesto para el que se requiere como mínimo el grado académico de bachillerato universitario.
Esta medida impacto no solo en el Gobierno Central, sino en todas las instituciones del Estado, pues el incentivo se utiliza en todas las instituciones.
- Decreto N° 41162-H. Limitación a las reestructuraciones.
Únicamente serán aprobadas las reestructuraciones dentro de ministerios, órganos desconcentrados y entidades cubiertas por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria, cuyo propósito sea hacer más eficiente la gestión del Estado, siempre que no impliquen la creación de plazas adicionales, reasignaciones de puestos, así como nuevos gastos.
- Directriz Nº 003-H. Modificación a la Directriz Nº 098-H
- Se reduce a la mitad el porcentaje de plazas vacantes, de un 50% a un 25%.
- No podrán contratar nuevos alquileres y los que deban renovarse deben ser en colones y su incremento será únicamente la inflación
- No podrán iniciar nuevos procesos de reasignación de puestos
- No podrán crear nuevos pluses o incentivos salariales
- Deberán fomentar la utilización de la firma digital y el teletrabajo
- Deberán recortar en las siguientes subpartidas (exceptuando los gastos financiados con fondos externos y de contrapartida asociados a proyectos de inversión financiados con endeudamiento público):
- Un 30% en Transporte y Viáticos en el exterior (se exceptúan Ministerio de Comercio Exterior, Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y el Instituto Costarricense de Turismo, en lo que se refiere estrictamente a la promoción de la marca destino-país)
- Un 30% en Publicidad y Propaganda (se exceptúa el Instituto Costarricense de Turismo, en lo que se refiere estrictamente a la promoción de la marca destino-país)
- Un 50% en Actividades protocolarias o sociales (se exceptúan Presidencia de la República y Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto)
- Un 30% en Tiempo extraordinario
- Un 20% en Servicios en Ciencias Económicas y Sociales
- Directriz º 004-H. Congelamiento de Salarios de jerarcas.
Los salarios únicos o compuestos del presidente y vicepresidentes de la República, ministras y ministros, viceministras y viceministros, presidentes y presidentas ejecutivas, gerentes y subgerentes del sector descentralizado se mantendrán fijos hasta el año 2020.
- Directriz N° 005-H. Sobre las limitaciones al pago de horas extra a servidores en plazas de confianza
Se gira la instrucción a las y los jerarcas, a que realicen las gestiones respectivas para que los servidores de confianza de sus dependencias no superen una jornada de doce horas diarias, de manera que no se les deba pagar horas extra.
- Directriz º 006-MP. Autorización de viajes al exterior para los jerarcas.
Las ministras, ministros, viceministras y viceministros deberán solicitar ante Consejo de Gobierno autorización previa para poder realizar viajes al exterior.
- Directriz Nº 007-H. Sobre no renovación de contratos de servicios de televisión pagada en instituciones públicas.
No se iniciarán nuevos contratos que conlleven nuevas obligaciones para el Gobierno Central, referentes a servicios de televisión pagada, satelital o por cable. No se aplica a las contrataciones ya existentes, pero se deja a valoración de cada jerarca cuáles deban rescindirse.
- Directriz Nº 008-H. Orientación para el alquiler de bienes inmuebles en el sector público.
Deberán negociar el reajuste anual de precio del alquiler con base en un monto que no supere la inflación proyectada para dicho año. Entidades cuyos contratos se rijan por art 67 Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos deberán remitir un informe a la Dirección a la Dirección de Bienes del Ministerio de Hacienda sobre el estado actual del contrato de alquiler.
Las instituciones que suscriban o renegocien contrato de alquiler negociarán que mejoras y remodelaciones asumidas por el arrendatario se trasladen y descuenten del pago del alquiler.
Se insta al Poder Legislativo, Poder Judicial, TSE, e instituciones descentralizadas a aplicar lo dispuesto en la Directriz.
- Directriz Nº 009-H. Sobre la renegociación de Convenciones Colectivas de instituciones públicas
Todas las instituciones que cuenten con convenciones colectivas, deberán renegociarlas una vez se llegue a su vencimiento.
Los jerarcas tendrán la responsabilidad personal de impedir la prórroga automática de las convenciones colectivas vigentes.
Las instancias de la Administración Pública están en el deber de denunciar aquellas cláusulas que se consideren abusivas y atenten contra el buen manejo de las finanzas públicas.
Toda negociación deberá procurar la racionalización de recursos públicos, y tender a la baja en el costo que significa el funcionamiento de la convención colectiva.
- Reestructuración del pago de anualidades
A partir de ahora las anualidades de los funcionarios adscritos al servicio no se pagará como un porcentaje sobre el salario que crece todos los años con el aumento del salario, sino que será un monto fijo que no crece.
- Aumento salarial fijo
Durante el próximo año el aumento salarial del sector público no será un porcentaje sobre el salario, sino un monto fijo para todos los funcionarios de 3 750 colones en el primer semestre y 3 750 colones en el segundo semestre
- Congelamiento del valor del punto de carrera profesional
El valor del punto de carrera profesional que se paga a todas las instituciones se mantendrá congelado, de modo que no tendrá el aumento anual por costo de vida. Adicionalmente para todos los puestos en los que el bachillerato o la licenciatura no sean requisito, no se pagarán los puntos de carrera profesional por tener le título
- Proyecto de Ley de derogatoria y reforma de artículos relacionados con el pago de prohibición.
- Se modifica el porcentaje de pago de prohibición a profesionales con el grado de bachillerato y licenciatura.
- Se modifica el porcentaje base de los sobresueldos por compensación económica de prohibición.
- Se modifica el porcentaje de pago de prohibición para funcionarios de la auditoría interna.
- Se modifica el porcentaje de sobresueldo por prohibición de los servidores municipales.
- *La reforma aplica para nuevos servidores públicos*
- Proyecto de Ley de Contingencia Fiscal en materia de gasto para el sector público.
Se propone una contingencia para salarios brutos mensuales iguales o superiores a un millón quinientos mil colones, para que estos no estén sujetos a incrementos salariales durante el 2018 y hasta el 2020.