La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) condenó a la República Bolivariana de Venezuela por perseguir a millones de personas que firmaron por realizar un referendo revocatorio al entonces presidente Hugo Chávez Frías.

El tribunal, con sede en Costa Rica, dictó sentencia el pasado mes de febrero pero fue hasta ayer, 30 de mayo, que se notificó al Estado y a la prensa de la resolución.

La Corte tuvo por demostrado que en el año 2003 varios partidos políticos y miembros de la sociedad civil lograron recolectar 3 millones de firmas para realizar un referendo revocatorio a Chávez y que antes de que el Consejo Nacional Electoral las valorara, el entonces Presidente ordenó al diputado Luis Tascón Gutiérrez recibir copia certificada de las planillas.

Tascón publicó las identidades de los firmantes en su sitio web y los acusó de participar en un "megafraude". Como consecuencia, funcionarios que habían firmado fueron perseguidos y despedidos de sus puestos.

"Para la Corte IDH, el referendo se dio en un contexto de alta inestabilidad y polarización política, caracterizado por un clima de intolerancia a la disidencia. Por tanto, resulta evidente que la publicación de la identidad de los firmantes en la ‘‘Lista Tascón’’ tenía fines intimidatorios, que buscaban desincentivar la participación y la posibilidad de disidencias políticas. Esto favoreció el ambiente de persecución política y discriminación contra los opositores del gobierno", dijo la oficina de prensa de la Corte.

Entre las perseguidas se encontraban tres funcionarias del Consejo Nacional de Fronteras, quienes fueron despedidas de sus cargos al aparecer en la "Lista Tascón". Tras agotar las vías internas, acudieron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que envió la denuncia a la Corte.

"El Tribunal declaró que el Estado es responsable por la violación del derecho a la participación política, contenido en la Convención Americana. Igualmente, la Corte IDH consideró que se violó el derecho al acceso a la justicia de las víctimas, ya que no se observó el derecho a las garantías y protección judiciales en los procesos judiciales internos", agregó la oficina de prensa.

A modo de compensación, la Corte ordenó a Venezuela pagarle a las afectadas, de apellidos San Miguel Sosa, Chang Girón y Coromoto Peña, las sumas de 65 mil, 40 mil y 30 mil dólares, respectivamente, en el plazo de un año.

Aunque Venezuela denunció la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) el 10 de setiembre de 2012 (siendo efectiva a partir del 10 de setiembre del 2013), los hechos denunciados ocurrieron cuando el país aún formaba parte del Sistema Interamericano, por lo que según el derecho internacional, la Corte tiene competencia para conocer del asunto.