El Plenario de la Asamblea Legislativa aprobó el lunes, por 30 votos a favor y 14 en contra, realizar la votación sobre la destitución de Celso Gamboa como magistrado de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, de manera pública y nominal, de modo tal que cada legislador se levantará de su asiento y dirá a viva voz la forma en la que votará.

La medida, si vemos el Reglamento de la Asamblea Legislativa, parece contrariar los artículos 101 y 104, los cuales establecen que se realizarán en votación secreta los casos de acusaciones y suspensiones de funcionarios, votos de censura y el otorgamiento de distinciones honoríficas por parte del Parlamento (por ejemplo, benemeritazgos).

ARTÍCULO 101.- Uso de las votaciones. Deberán resolverse en votación secreta, solo los casos de acusaciones y suspensiones de funcionarios, votos de censura, compatibilidad del cargo de diputado con otras funciones y la concesión de honores.

ARTÍCULO 104.- Excepciones en la votación secreta. Cuando se trate de una votación secreta no se admitirá ninguna moción para que se vote en forma ordinaria o nominal; tampoco se admitirá ninguna solicitud para que se exprese o se consigne en el acta la forma en que votó el diputado.

En Cívica 2.0 nos tomamos la tarea de recopilar los argumentos de los defensores de la votación secreta y pública para explicar lo ocurrido el lunes:

Por la votación secreta

Los defensores de este tipo de votación se respaldan en que el Reglamento de la Asamblea Legislativa así lo establece en el artículo 101 y que el numeral 104 prohíbe expresamente cualquier intención de hacer pública la forma en la que se votó cuando se esté conociendo, entre otros asuntos, los casos de acusaciones y suspensiones de funcionarios.

Según esos dos artículos, la moción para que la votación sea nominal es inadmisible.

Afirman, además, que en el pasado, el excontralor de la República, Alex Solís (hermano de Ottón Solís) y el exmagistrado Óscar González fueron beneficiados con indemnizaciones con cargo al Estado, luego de que fueran destituidos mediante votaciones públicas...

Fact check: La Sala Constitucional falló a favor de Alex Solís pues el Congreso violentó su derecho de defensa al no darle audiencia, no —como afirman los defensores de la votación secreta— porque los diputados votaron de manera pública. Fuente: Voto 13437-2010. / En el caso del exmagistrado González, no hay registro de alguna sentencia que le beneficie económicamente, más allá de la absolutoria del Tribunal Penal de Heredia.

Por la votación pública

Quienes apoyan la votación pública y nominal afirman que el Reglamento del Congreso no regula los pasos a seguir para la destitución de un magistrado de la Corte Suprema de Justicia (solo la suspensión), de modo que la votación debe ser pública.

Asimismo, afirman que a raíz del voto 2014-4182 de la Sala Constitucional, todo asunto conocido por la Asamblea Legislativa debe ser discutido y votado públicamente, y si se quiere hacer una votación secreta se debe aprobar por no menos de 38 votos.

Algunos puntos relevantes desarrollados por los magistrados en la sentencia anteriormente mencionada son los siguientes:

  1. "El pueblo tiene el derecho pleno e incuestionable de imponerse de todos los asuntos que son discutidos y decididos en el parlamento y de las justificaciones o motivos de las decisiones tomadas".
  2. "Los asuntos propios de una democracia representativa y participativa deben ser tratados con absoluta publicidad y a plena luz, sin posibilidad ninguna de impedirle a la ciudadanía, la opinión pública y los medios de comunicación colectiva tener conocimiento y conciencia de lo que ahí se discute y delibera".
  3. "La Asamblea Legislativa debe ser el poder del Estado más traslúcido de todos los que lo conforman, permitiendo que el pueblo, la ciudadanía, la opinión pública y los medios de comunicación colectiva puedan escrutar y fiscalizar, plena y efectivamente, sus deliberaciones y decisiones".
  4. El artículo 117 de la Constitución Política establece como una regla la publicidad y la transparencia de las sesiones legislativas, independientemente del tipo de función ejercida: legislativa o de control político. El secretismo, debidamente fundamentado y aprobado por no menos de 38 diputados, es la excepción. 
  5. La declaratoria de secretismo no puede aplicarse a todo un tipo de asuntos, sino que debe hacerse caso por caso.
  6. La declaratoria de secretismo podrá ser cometida a la revisión de constitucionalidad por parte del Alto Tribunal.
  7. El Reglamento de la Asamblea Legislativa no puede derogar los principios constitucionales de publicidad y de transparencia, pues esa norma es de rango inferior a la Carta Magna.

Con todos los puntos anteriores, los defensores de la votación pública interpretan que, a raíz del fallo de la Sala Constitucional, se derogó tácitamente la segunda parte del artículo 101 del Reglamento del Congreso, pues ese numeral establece que todos los procesos de acusaciones y suspensiones de funcionarios, votos de censura y la concesión de honores serán votados de forma secreta, contrariando la resolución del Máximo Tribunal de la República, que dice que esa declaratoria debe hacerse para cada caso concreto.

La pirámide de Kelsen nos recuerda que el voto de la sala Constitucional es de rango superior al reglamento de la Asamblea Legislativa. Los votos de la Sala son erga omnes. Además, el voto es posterior a la emisión del reglamento y viene a tono con una nueva política de transparencia en las entidades públicas.

La decisión de la mayoría

El diputado Otto Guevara apeló la decisión de Gonzalo Ramírez (presidente del Congreso) de dar por recibida una moción que planteó hacer nominal la votación sobre la destitución de Gamboa, alegando que eso violenta el artículo 101 y 104 del Reglamento.

En defensa de la moción, Ramírez mencionó el fallo 2014-4182 de la Sala IV y la apelación de Guevara fue rechazada por 29 votos en contra frente a 15 a favor.

Finalmente, la moción para hacer pública la votación fue aprobada por 30 diputados frente a 14 que se opusieron, de modo que este martes cada diputado se levantará de su curul y públicamente dirá la forma en la que votará la destitución de Gamboa. Si se abstiene, será sancionado con la pérdida de la dieta.

Registro de la votación para que la destitución de Celso Gamboa se haga de forma nominal.