Propósito del Proyecto
La presente iniciativa procura precisar los servicios públicos que deben ser considerados esenciales. Lo anterior, según cita la proponente, a efectos de que dicha determinación “no quede librada a la discrecionalidad de un juzgado o tribunal, que de manera autónoma podría interpretar de forma distinta para cada caso concreto”. Asimismo, el proyecto establece los servicios que serán considerados como servicios públicos esenciales, las instituciones o personas que pueden prestar el servicio público esencial, los alcances de las limitaciones y prohibiciones al derecho de huelga en las instituciones que brindan servicios esenciales; se crea un compromiso genérico del Estado por garantizar la continuidad de los servicios públicos esenciales; y finalmente, se impone la prohibición de cierre o venta de cualquier institución que brinde un servicio esencial, sin que antes se haya garantizado la prestación de dicho servicio en iguales o mejores condiciones.