Asamblea
Educación Ciudadana y Control Político
Expediente 21033
Modificación De Los Literales A), B) Y C) Del Artículo 17 De La Ley Orgánica Del Banco Central De Costa Rica, N° 7558
Tipo
Proyecto de Ley
Estado
Aprobado en Segundo Debate
Número de Ley
9670
Comisión
Presentado
19 de octubre de 2018
Categorías
Económicos y Hacendarios|Organización del Estado
Histórico de Textos
19 de octubre de 2018
Texto base
23 de noviembre de 2018
Criterio Servicios Técnicos
12 de diciembre de 2018
Dictamen unánime afirmativo
12 de diciembre de 2018
Texto sustitutivo
23 de enero de 2019
Texto actualizado
1 de febrero de 2019
Texto actualizado
18 de febrero de 2019
Texto final
18 de febrero de 2019
Criterio Servicios Técnicos
Histórico de Votaciones
Propósito del Proyecto
La propuesta consiste en: 1.- Modificar la fecha de nombramiento o designación del jerarca de la Institución bancaria (Presidente del Banco Central), el cual será designado veinticuatro meses después de iniciado el periodo constitucional del Presidente de la República. 2.- Le otorga al Presidente del Banco independencia en el ejercicio de sus funciones. 3.- Establece que el Presidente del Banco Central solo puede ser removido por causa justificada según las dos causales allí establecidas. 4.- Modifica la participación del Ministro de Hacienda, quien participará en las sesiones de Junta Directiva con derecho a voz pero sin voto, disponiendo que su presencia no se contará para efectos de formar quórum. 5.- Se incluye un miembro más al órgano director que debe contar con amplia capacidad y experiencia en materia económica, financiera, bancaria y de administración. 6.- Con el fin de disminuir los casos de empates en las votaciones, se aplicará el voto calificado del Presidente.7.- Se propone además que la ratificación u objeción de los miembros de la Junta Directiva por parte de la Asamblea Legislativa sea dentro del plazo de treinta días naturales, y si en ese plazo no se produce objeción, se tendrán por ratificados.
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