La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (conocida popularmente como la Sala IV) ordenó al Ministerio de Justicia y Paz emitir un protocolo para atender una eventual propagación masiva de COVID-19 en el Sistema Penitenciario.

Así fue ordenado por la unanimidad de los magistrados mediante la resolución 2020-9738, emitida a raíz de un recurso de habeas corpus presentado a favor de un privado de libertad quien tiene una condición especial de salud que lo hace ser más vulnerable al coronavirus.

Los magistrados constataron que no se cuenta con un protocolo para atender una propagación masiva del COVID-19 en los centros penales, algo que lesiona el artículo 21 de la Constitución Política ("La vida humana es inviolable") pues no se garantiza la atención a la salud de las personas privadas de libertad.

Ante ello, la Sala dio 15 días plazo a las autoridades para emitir un protocolo que deberá seguir los lineamientos emitidos por la Organización Mundial de la Salud para prisiones y centros de detención.

Entre los aspectos que se deberán considerar están la capacidad de camas en las clínicas de los centros penales, o en los espacios dispuestos para tales efectos, para atender privados de libertad que figuran como casos sospechosos o casos positivos de COVID-19; la capacidad de atención de pacientes en dichas clínicas o en los espacios dispuestos para tales efectos; en caso de ser necesario, construcción de infraestructura, implementación de hospitales campaña, o cualquier otra necesidad estructural para generar nuevos espacios de aislamiento y tratamiento de casos sospechosos, positivos y contagios masivos; y finalmente materiales de protección y desinfección como mascarillas, guantes, respiradores, medicamentos, personal de enfermería y personal médico profesional.