El Consejo de Transporte Público (CTP) estableció restricciones y excepciones para el servicio de autobuses de ruta regular e internacional durante la Semana Santa por la emergencia sanitaria por  COVID-19.

De acuerdo con el director ejecutivo del CTP, Manuel Vega Villalobos, el transporte público debe contribuir a la contención del coronavirus, manteniendo y aplicando las directrices sanitarias y restrictivas emitidas por el Gobierno.

“Existe una población que debe ir a trabajar durante estos días. Es nuestra obligación mantener los servicios de transporte público en aquellos casos de usuarios que deban atender actividades laborales y productivas esenciales. Cada operador conoce la movilidad de la población que traslada y es su responsabilidad adecuar sus servicios sin desproteger a la población que requiera atender las actividades mencionadas”, dijo Vega.

Asimismo director ejecutivo del CTP reiteró la obligación de los operadores de publicitar los horarios y esquemas operativos para que los usuarios puedan conocerlos lo antes posible, por los medios disponibles de cada empresa.

En la Sesión Ordinaria 26-2020 de la junta directiva del CTP se acordó:

  • RUTAS AUTORIZADAS INTERNACIONALES: 

A partir del sábado 4 de abril del 2020 y hasta el martes 7 de abril del 2020, en las rutas internacionales que se encuentren autorizadas, solamente se permitirán dos carreras diarias, valorando los tiempos de viaje a efectos de poder realizar los trámites fronterizos de paso de los usuarios del servicio, se podrán hacer dos servicios de Costa Rica al país autorizado y dos de retorno. Lo anterior, tanto para operadores nacionales como extranjeros autorizados.

Los servicios de miércoles 8 de abril de 2020 al domingo 12 de abril de 2020, estarán suspendidos. 

  • RUTAS REGULARES INTERURBANAS LARGAS CUYOS RECORRIDOS SEAN IGUALES O SUPERIORES A 75 KILÓMETROS: 

Del sábado 4 de abril de 2020 al martes 7 de abril de 2020, podrán realizar dos servicios en la mañana y dos servicios en la tarde (es decir dos carreras diarias), alcanzando el término tarde hasta las siete de la noche. Cabe aclarar que son dos servicios de ida y retorno de conformidad con los puntos terminales autorizados, siendo en total cuatro viajes al día entre ida y regreso.

Los servicios de miércoles 8 de abril de 2020 al domingo 12 de abril de 2020, estarán suspendidos. No obstante, de existir actividades laborales y productivas esenciales el operador queda autorizado para prestar al menos dos servicios, uno en la mañana y otro en la tarde.

  • RUTAS REGULARES CON RECORRIDOS MENORES A 75 KILÓMETROS: 

Del sábado 4 de abril de 2020 al martes 07 de abril de 2020, deberán mantener un mínimo de operación de hasta el veinte por ciento (20 %) del servicio en la ruta(s) autorizada(s).

Del miércoles 08 de abril al domingo 12 de abril de 2020, de existir actividades laborales y productivas esenciales en funcionamiento, podrán mantener un máximo de operación de hasta el veinte por ciento 20 % del servicio; pudiendo el operador administrar la frecuencia de servicios y realizar los ajustes operativos necesarios para el cumplimiento de los porcentajes mencionados.

También se determinó que el servicio de taxi y de Seetaxi podrá operar sin restricción alguna durante la Semana Santa.

Es importante mencionar que la restricción sanitaria anunciada por el Gobierno indica que quedan exentos de la medida los transportes especiales de actividades productivas esenciales, lo que quiere decir que se mantendrán servicios de bus para trasladar trabajadores de hospitales, clínicas, fábricas,  distribución de alimentos y medicamentos, entre otros.