El Instituto Costarricense de Turismo (ICT) acordó una moratoria de pago durante cuatro meses (abril, mayo, junio y julio) a las empresas que le adeudan impuestos a la Institución. La decisión se toma en el marco de la crisis sanitaria y económica sin precedentes producto del COVID-19.

Consciente de la temporada cero ingresos que se extenderá durante al menos tres meses en el sector turístico, la Junta Directiva de la Institución aprobó estas medidas para alivianar el contundente golpe de esta crisis al sector turístico costarricense.

“Los siete miembros de Junta Directiva tenemos absoluta claridad de la situación que enfrenta el sector turístico y sabemos que las empresas tendrán problemas de falta de liquidez y por ende una disminución de su capacidad de pago para cumplir con sus erogaciones”, destacó María Amalia Revelo, Ministra de Turismo y Presidenta Ejecutiva del ICT.

La jerarca agregó que la Junta Directiva tomó “medidas en procura de apoyar a los administrados que por años han cumplido con sus obligaciones tributarias con el ICT, permitiendo con sus aportes, que la Institución crezca en sus programas de desarrollo del turismo en nuestro país”.

Detalle de la moratoria

Los procesos de cobro administrativo y traslado de cuentas a cobro judicial que se den en marzo, abril, mayo y junio por el pago de dichos impuestos, serán aplazados por tres meses. Aquellos procesos correspondientes al mes de marzo, iniciarán su gestión de cobro en junio y así sucesivamente.

La moratoria tributaria en relación con los impuestos de $15 y 5% sobre los boletos aéreos se otorgará a las empresas que presenten solicitudes de no pago por problemas de liquidez en los meses de abril, mayo, junio y julio del 2020. Las mismas tendrán plazo para realizar el pago de lo adeudado hasta el 30 de noviembre del 2020, término en el cual, no tendrán que pagar intereses tributarios, ni se realizarán procesos de cobro administrativo o judicial.

Como requisito para otorgar la moratoria, las empresas deben estar al día con sus pagos a la Caja Costarricense del Seguro Social y el Ministerio de Hacienda al 29 de febrero del 2020.

También mantienen el deber formal de presentar las declaraciones juradas de impuestos para los periodos citados.  Las empresas que no califican conforme lo anterior, tienen la posibilidad de solicitar arreglos de pago con el ICT.