Poco a poco, y quizá con cierta prisa, el Ministerio de Salud ha ido dando pasos previsibles en relación con la prohibición del uso de vaporizadores en Costa Rica. No sorprende el camino que ha ido tomando y, lamentablemente, no se puede esperar un cambio de senda.

En noviembre pasado, la institución dio uno de esos pasos con la publicación de una alerta sanitaria a nivel nacional, debido a una enfermedad pulmonar que ocurría en Estados Unidos, presuntamente ligada con el vapeo.

A finales de enero, el jerarca de esta cartera dio otro paso más cuando abiertamente, apoyó un proyecto de ley que busca cobrar un arancel que desincentivaría el uso de vaporizadores y las sustancias relacionadas.

La iniciativa legislativa se encuentra todavía en la Comisión de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa, bajo el expediente 21.658, y tiene la intención de que el impuesto sea de ¢1.000 en un tributo ajustado cada año.

Para apoyarlo, el principal argumento del ministro es la inexistencia de estudios a largo plazo relacionados con el uso de cigarrillos electrónicos, basándose así en el principio precaucionado.

Convenientemente deja de lado el hecho de que más de 300 estudios internacionales respaldan una realidad científica que no debería ignorarse: para un consumidor de cigarro tradicional es menos perjudicial pasar al uso del vapeador que seguir siendo fumador.

Por otro lado, también está probada la eficiencia de este producto como método sustituto para cesar el fumado. En el año 2011 (es decir, hace casi una década) se publicó el primer estudio que documentaba el éxito de cigarrillos electrónicos sobre otros métodos como parches y chicles con nicotina, cuya efectividad documentada es cerca del 7%. La efectividad del vapeador está entre 12% y 19%.

En otro artículo publicado anteriormente en este mismo espacio ya habíamos comentado que, en gran parte, esta posición del Ministerio de Salud tiene relación con la negativa de parte de la FDA para aprobar los vaporizadores como una terapia de reemplazo de nicotina; mientras que, en varios países, el vapeo se ha utilizado como un método alternativo, especialmente en fumadores que han fallado con métodos tradicionales, y se le ha valorado como método de reducción de daños.

Esta posición, precisamente, es la que da relevancia a los dispositivos por sus beneficios en el presente, contemplando los –ampliamente estudiados– daños que genera el fumado, que contiene más de 7.000 componentes químicos conocidos.

Desinformación, preguntas y vacíos

Al manifestar su apoyo a la iniciativa legislativa, el ministro sostuvo su postura argumentando que los vaporizadores expiden glicerina y pueden producir neumonía, lo cual ya ha sido rebatido.

Además, aseguró que se utilizan sustancias irritantes para las vías respiratorias y mucosas. Seamos más serios, y hablemos de números: cuando se detectan estas "sustancias" están muy por debajo de límites aceptables para el aire y inclusive de limites ocupacionales.

Los productos que se obtienen en el país de manera legal, en tiendas que funcionan en regla, han sido puestos a prueba con estudios de química analítica que, igualmente, permite hacer evaluaciones de toxicidad aguda con base en estándares internacionalmente avaladas.

Una vez más, el ministro se basa en experimentos con metodologías cuestionables donde se ponen a prueba ingredientes que exponen el producto, por ejemplo, a temperaturas que los llevan a condiciones en las que sería imposible que sean consumidos en el vapeo.

Uno de los vacíos que deja este proyecto de ley es la equiparación –injustificada– de productos con nicotina junto con los que carecen de este componente. La Ley 9028, para el control del tabaco, actualmente regula los productos con nicotina. No obstante, ¿cómo aplica esto para los cigarrillos electrónicos que no contienen este ingrediente? ¿No deberían estar estos regulados por la Ley de Productos Químicos? Además, ¿cómo va a aplicarse una ley que habla sobre los efectos nocivos del humo para un producto que no lo produce?

Otro punto que llama la atención es que la propuesta incluye un impuesto que está de más, tomando en cuenta que los productos de vapeo ya pagan una serie de aranceles específicos que alcanza el 9% de su valor. Además, establece el método técnico que debe pasar por aduanas, gracias a la Resolución DGA 114 – 2014.

Con esta iniciativa, el adicional recaudado provendrá de productos (vapeadores) que serán usados para prevenir el consumo de otros productos más dañinos (cigarrillos tradicionales). Sin embargo, la propuesta apoyada por el Ministerio de Salud está obcecada en ignorar la evidencia actual de estudios, análisis químicos y pruebas de ensayo en diferentes países sobre cesación de fumado, que permite determinar con seguridad que el vaporizador es un sustituto efectivo y menos dañino que el cigarro.

El hecho es que los fumadores están muriendo hoy por el efecto del cigarro en sus cuerpos y tenemos una opción que, sabemos, es menos prejudicial que el fumado. ¿Hace mal el Ministerio en utilizar argumentos que no son de fácil validación por el ciudadano promedio y que desincentiva, a fin de cuentas, una alternativa?

Fotografía: Lindsay Fox.

Este artículo representa el criterio de quien lo firma. Los artículos de opinión publicados no reflejan necesariamente la posición editorial de este medio. Delfino.CR es un medio independiente, abierto a la opinión de sus lectores. Si desea publicar en Teclado Abierto, consulte nuestra guía para averiguar cómo hacerlo.