La Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia autorizó a la Fiscalía General de la República realizar un allanamiento en la oficina de la diputada Floria Segreda Sagot del partido Restauración Nacional, quien figura como sospechosa de los delitos de tráfico de influencias, desobediencia y prevaricato.

La causa se remonta meses atrás a una denuncia presentada por el abogado Carlos Luis Hidalgo, quien se enfrentó en tribunales civiles con Segreda por deudas procesales que la legisladora adquirió por concepto de venta de una casa.

Por dicho juicio, el Tribunal Segundo Civil condenó a la legisladora al pago de ¢26.175.000 millones en un primer fallo y ¢12.375.000 millones en otro posterior. Por ello se giró orden de embargo a su remuneración como legisladora.

Sin embargo, según la denuncia, Segreda influyó al director financiero de la Asamblea Legislativa, Mario Delgado Umaña, para que no ejecutara los embargos en su contra a la espera de que obtuviera un documento que los levantara. Estos hechos habrían tenido lugar entre el 18 de febrero y el 21 de marzo del 2018.

CRHoy.com reveló que un documento del Congreso del 21 de marzo del 2019, suscrito por Delgado Umaña, señala expresamente que uno de los embargos no fue ejecutado a petición expresa de la diputada.

Por otra parte le informo que dichos embargos ingresaron al departamento financiero el 18 de febrero del 2019 por la suma de ¢26.175.000.00 y el segundo ingresó el 04 de marzo del 2019 por un monto de ¢12.375.000.00. Según acuerdo con la Dirección Financiera, no se aplicó el rebajo del primero, acatando su solicitud de espera para obtener el oficio de levantamiento, del cual al día de hoy no se obtuvo respuesta alguna. Por lo anterior, se procederá a rebajar ambos en la próxima planilla del mes de marzo 2019, según consulta realizada al Tribunal Primero Colegiado Primera Instancia Civil I Circuito Judicial San José y al Departamento Legal de la Asamblea Legislativa…”.
-Oficio AL-DFIN-0110-03-2019

El abogado que presentó la denuncia alegó que los embargos, según lo establece la ley, debían ser inmediatos.

La diputada en declaraciones a CRHoy en julio de este año confirmó que su salario estaba embargado y negó haber solicitado que no se hicieran los rebajos mientras conseguía el levantamiento.

Intentó frenar el embargo en sede judicial

Delfino.cr tiene copia de una resolución judicial que prueba que la diputada Segreda intentó frenar el embargo de su remuneración.

Se trata del voto 313-2019-T del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda que rechazó la solicitud de la diputada de una medida cautelar anticipada, tramitada en el expediente 19-000547-0166-LA.

En síntesis y en lo que interesa, la parte promovente argumenta que el Departamento de Recursos Humanos de la Asamblea Legislativa recibe un oficio de embargo emitido por el Tribunal Civil del I Circuito Judicial de San José, por la suma de ¢26 175 000 y ¢12 375 000, que mediante oficio AL-DFIN le informan que se procederá con los rebajos, que esta situación es abusiva, que la deja en estado de indefensión, que se le causa un daño irreparable emocional y económico, que se han dado secuelas en su salud, que ya existen pronunciamiento de la PGR respecto de la naturaleza de la remuneración que reciben los diputados, que de acuerdo con lo expuesto existe apariencia de buen derecho, dado que existe un abuso por parte de la demandada al aplicar el rebajo, que no recibe salario y que por ello no puede haber embargo, que no se afecta el interés público, que pide la suspensión de la ejecución del cobro de las sumas indicadas.

El Tribunal rechazó su caso porque la teoría del caso expuesta no estaba razonablemente motivada, y porque no era posible mediante la vía contenciosa-administrativa impugnar un proceso judicial que ya estaba en fase final de ejecución por medio de la vía de apremio patrimonial.

"Este Tribunal no es el llamado a verificar si un acto judicial dictado en un proceso de civil fue bien o mal dictado, ni le corresponde pronunciarse sobre ese tipo de asuntos o sobre el fondo del asunto traído a esta jurisdicción. Nótese que dentro de la pretensión se indica que se solicita la suspensión de actos administrativos emitidos por la Asamblea Legislativa (Departamentos de Recursos Humanos y Financiero), sin embargo, es evidente que las actuaciones con las cuales la actora se encuentra disconforme son las dictadas dentro los expedientes judiciales números 08-000732-0180-CI y 11-000223-0183-CI, que ordenaron un embargo en su contra, probablemente, mediando una obligación firme que debe ser pagada en sede civil", dice la resolución.

Los jueces, inclusive, calificaron de "irrelevante" la discusión que la diputada pretendía entablar respecto a que su remuneración como diputada no era embargable y acusaron que lo que ella estaba pidiéndole al tribunal, era contrario a la ley.

Lo pedido es contrario al ordenamiento jurídico, en tanto se pretende obstaculizar las actuaciones de una autoridad judicial. En ese sentido, se recuerda que cada proceso judicial tiene sus medios de impugnación correspondientes y que sus vicisitudes deben ser ventiladas en cada una de esas sedes. Por ende, al no concurrir la totalidad de los presupuestos legales necesarios, debe declararse sin lugar la medida cautelar solicitada.