Escuche la versión en audio de este Reporte

— Finalmente el Caso Crucitas llega a su fin en uno de sus apartados, el más mediático de todos: Óscar Arias. El largo tango que ha bailado el expresidente con esta causa ya se los hemos tocado varias veces. El punto hoy se resume en que ya tenemos resolución: Arias no irá a juicio pues se declaró el sobreseimiento definitivo a su favor.

— Así las cosas una vez más el expresidente sorteó el proceso penal (se le acusaba de prevaricato), por lo que la Fiscalía, que insistió hasta donde pudo, volvió a quedarse con las manos vacías. ¿Qué sucedió? El día de ayer se supo que el juez del Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José resolvió que la causa (como alegaba la defensa) ya estaba prescrita, decisión que coincide con la que se tomó inicialmente en las mismas instancias, el 21 de febrero pasado (fallo que fue anulado en alzada, por lo que tuvo que repetirse el proceso).

— “Esperamos que la Fiscalía tenga ahora la lucidez suficiente para cesar en su afán de persecución, tan lejano de su verdadera función y del principio de objetividad, que se supone debe marcarle siempre el rumbo”, dijo Rodolfo Brenes, abogado de Arias.

— La Fiscalía acusaba a Arias de prevaricato, es decir, emitir resoluciones contrarias a la ley. En su caso específico se le denunció por firmar el decreto ejecutivo que declaró "de interés público y conveniencia nacional" el proyecto minero Crucitas en la zona Norte del país, a cargo de la empresa Infinito Gold S.A.

— Recordemos que Roberto Dobles (entonces ministro de Ambiente) no corrió con la misma suerte que Arias, pues él si fue acusado en el momento oportuno por la Fiscalía General de la República (entonces comandada por Jorge Chavarría). En aquel momento la Fiscalía consideró que sí tenía evidencia de la culpabilidad de Dobles, mas no así de Arias.

— Dobles fue condenado a tres años de cárcel pero apeló la sentencia y consiguió que se ordenara repetir el juicio. Fue ahí donde se abrió el “portillo” para que se acusara a Arias pues el propio tribunal de alzada determinó que era necesario aclarar si Arias era o no imputado ya que también había firmado el decreto. La Fiscalía (ahora liderada por Emilia Navas) decidió que el expresidente sí debía ser indagado, a pesar de que Chavarría en su momento ordenó lo contrario (e incluso acusó a los jueces del tribunal de alzada ante la Inspección Judicial por la resolución en la que solicitaron aclarar el status de Arias en la acusación).

— Tras indagar a Arias el 8 de noviembre del 2007 la Fiscalía determinó que debía acusarlo en 2018. Así llegamos a febrero de este año cuando la primera jueza que conoció el caso alegó que la causa estaba prescrita. El detalle incómodo es que señaló que sí había elementos de prueba que daban pie a que fuera enjuiciado, pero como Chavarría nunca le indagó la prescripción fue inevitable. Recordemos que Arias estaba dispuesto a defender su inocencia en el juicio sin solicitar la prescripción, pero su defensa le sugirió hacerlo pues consideró que la Fiscalía estaba actuando contra derecho.

— Así las cosas y tras mucho estira y encoge finalmente se confirma que sí, la causa estaba prescrita, es decir, los seis años plazo que tenía la Fiscalía para solicitar el juicio ya habían pasado. La duda era si corrían a partir del 14 de diciembre del 2010, cuando el Tribunal Contencioso emitió la sentencia original sobre Crucitas o a partir del momento en que la Sala Primera reconfirmó la sentencia impugnada, es decir, el 30 de noviembre del 2011, lo que habría permitido ganarse 6 años más con la indagatoria de noviembre del 2017. Claramente ese no fue el caso y Arias puede, finalmente, tener certeza de que no irá a juicio por el Caso Crucitas.

Esta nota es parte del Reporte: Costa Rica apunta al Consejo de Derechos Humanos para quitarle el puesto a Venezuela