El Plenario de la Asamblea Legislativa aprobó este jueves, en segundo debate, una reforma para extender en seis días más el plazo que tienen los obligados alimentarios para pagar el aguinaldo por pensión durante el mes de diciembre.

La iniciativa fue presentada por la diputada Ivonne Acuña bajo el expediente 21.175 y recibió el voto favorable de 38 diputados y el negativo de Zoila Volio del Partido Integración Nacional.

La reforma se hará al artículo 16 de la Ley de Pensiones Alimentarias que actualmente establece que el pago de aguinaldo por pensión debe darse a más tardar el 15 de diciembre de cada año, de modo que existe un desfase con la fecha límite que tienen los patronos para pagar el aguinaldo, la cual es el 20 de diciembre de cada año.

Una vez entre a regir como Ley de la República, el plazo máximo para pagar el aguinaldo por pensión será el 21 de diciembre.

Según la ley vigente, todos los obligados a pagar una pensión alimentaria, provisional o definitiva, están obligados a cancelar por concepto de aguinaldo la suma equivalente a una mensualidad, sin necesidad de resolución que así lo ordene.

El 21 de abril del 2004 la Sala Constitucional sentenció que ese artículo no es inconstitucional, siempre y cuando se interprete que existe el deber de pagar el aguinaldo en la fecha prevista, a menos de que se haya emitido un pronunciamiento judicial que determine lo contrario.

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