Las autoridades de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) se exponen a ser sancionados con suspensión y hasta destitución de sus cargos si no acatan la orden de la Contraloría General de la República (CGR) emitida este jueves, sobre la obligación de cumplir el capítulo de Empleo Público contenido en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.

La propia institución, ente auxiliar de la Asamblea Legislativa y a cargo de la fiscalización de la Hacienda Pública, advirtió al presidente de la CCSS, Román Macaya; y a los integrantes de la Junta Directiva que el artículo 69 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República tipifica la falta por desobediencia a la CGR.

"Cuando, en el ejercicio de sus potestades, la Contraloría General de la República haya cursado órdenes a los sujetos pasivos y estas no se hayan cumplido injustificadamente, las reiterará, por una sola vez, y fijará un plazo para su cumplimiento; pero de mantenerse la desobediencia una vez agotado el plazo, esta se reputará como falta grave y dará lugar a la suspensión o a la destitución del funcionario o empleado infractor, según lo determine la Contraloría", señala el primer párrafo de ese numeral.

Para aplicar la sanción, la Contraloría otorga de previo un plazo de 8 días hábiles a los funcionarios infractores para que justifiquen el incumplimiento de la orden y, una vez transcurrido este plazo, resolverá con vista del expediente formado.

El artículo 70 de la misma Ley establece que si la CGR declara el incumplimiento injustificado de la orden girada, se enviará el expediente al jerarca del sujeto para que este sancione directamente al servidor público o al empleado encausado, así como al superior rebelde. Y si el funcionario rebelde es el jerarca, el expediente se enviará al Presidente de la República o al órgano que corresponda para que resuelva lo pertinente.

LA ORDEN

Manuel Corrales Umaña, gerente del Área de Fiscalización de Servicios Sociales de la Contraloría, Damaris Vega Monge, asistente técnica y Karla Salas Solano, fiscalizadora; emitieron una orden a la Junta Directiva de la Caja Costarricense para que sesione extraordinariamente en un plazo máximo de cinco días hábiles, con la finalidad de que adopten los acuerdos que acrediten el acatamiento de lo ordenado por la Contraloría General de la República.

Dichas órdenes consisten en abstenerse de iniciar un proceso judicial de lesividad o cualquier otro tipo de procedimiento en vía administrativa para la declaratoria de nulidad del numeral 1.1, titulado “Anualidades” y el párrafo del numeral 2.1, titulado “Incentivos, complementos, sobresueldos y pluses” contenidos en el “Acta de Acuerdos” suscrita el 20 de febrero de 2019 por representantes de la CCSS y representantes sindicales.

Asimismo, deberán aplicar todo lo relacionado con la reforma al Empleo Público, incluida la eliminación del pago bisemanal, en las condiciones, términos y plazos establecidos en la Ley.

Los funcionarios le advirtieron a la institución que cualquier actuación -omisa o activa- por parte de la Caja, en contraposición a lo establecido en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, o en general que resulten disconformes con el ordenamiento jurídico, podrán ser objeto de eventuales responsabilidades.