La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, conocida popularmente como la Sala IV, sentenció este viernes que el proyecto de ley tramitado en el expediente 20.923 denominado Reforma del artículo 29 de la Ley No. 9028, Ley General de Control del Tabaco y sus efectos nocivos para la salud no es inconstitucional. 

Dicha iniciativa fue consultada a los magistrados del Alto Tribunal por un grupo de diputados quienes consideraban que la idea de quitarle a la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) 5% de los recursos del Impuesto al Tabaco (destinado al programa de lucha contra el cáncer) para en su lugar dárselos al Instituto Costarricense de Deportes y Recreación (Icoder), era inconstitucional.

Sin embargo, mediante sentencia 2019-15944 emitida la tarde de este viernes, los magistrados por mayoría 5 vs. 2 evacuaron la consulta legislativa e indicaron que el proyecto no presenta vicios de inconstitucionalidad, de modo que podrá ser aprobado en segundo debate por la Asamblea Legislativa.

Las magistradas suplentes Ana María Picado Brenes e Ileana Sánchez Navarro salvaron el voto y declararon que el proyecto era inconstitucional.

La Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) lanzó una campaña en redes para oponerse al proyecto de ley por considerar que afectará su programa de lucha contra el cáncer.

Actualmente la Caja recibe el 60% de lo recaudado por el Impuesto al Tabaco; el Ministerio de Salud recibe 20%, el Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA) un 10% y el Icoder otro 10%. La propuesta impulsada por el diputado de Liberación Nacional, Luis Antonio Aiza, pretende rebajar en 5% los recursos a la CCSS y el IAFA para dárselos al Icoder, de modo que obtenga 20%.

El proyecto recibió primer debate del Congreso el 25 de junio anterior. En ese momento 39 diputados votaron a favor y 3 en contra. Antes de la votación en segundo debate se presentó la consulta a la Sala Constitucional, lo que mantiene congelado el proyecto desde ese entonces.

Dado que la sentencia fue emitida apenas este viernes se desconoce la fundamentación esgrimida por los magistrados para considerar que el proyecto no es violatorio de la Constitución.