La Primera Dama de la República, Claudia Dobles; el ministro de Obras Públicas y Transportes, Rodolfo Méndez y el director del Consejo de Seguridad Vial (Conavi), Edwin Herrera anunciaron este miércoles la ejecución en Costa Rica de la prohibición de importar vehículos declarados en pérdida total, cuyo número de chasis (Vehicle Identification Number, VIN en inglés) haya sido manipulado o que presenten uniones estructurales del chasis no autorizadas.

La medida tiene respaldo en el artículo 5 de la Ley de Tránsito por Vías Públicas y Terrestres y Seguridad Vial vigente desde el año 2012 pero que no había sido ejecutado hasta la fecha, ante la inexistencia de un reglamento para su aplicación.

"Este es un tema de seguridad vial y de defensa del consumidor, estamos protegiendo a las personas para evitar situaciones que puedan poner en peligro su vida", explicó la Primera Dama, Claudia Dobles.

Según explicó el Ejecutivo, por un tema de seguridad vial las nuevas disposiciones se aplicarán para todos los vehículos automotores, remolques y semirremolques de primer ingreso, previamente inscritos en el país de su procedencia.

Por su parte, el ministro Rodolfo Méndez indicó que para verificar que el vehículo importado cumple con todos los requisitos para ser inscrito en Costa Rica, no solo se verificarán los documentos sino que también se realizará una inspección física.

"A través del COSEVI, el MOPT establecerá un listado de las características bajo las que se considera que un automotor presenta pérdida total, las cuales serán incorporadas en el Manual de Revisión Técnica Vehicular", detalló el jerarca.

El MOPT será el encargado de transmitir al Sistema Nacional de Aduanas el dictamen de aceptación o rechazo del vehículo luego de hacerle la inspección y si resultase rechazado, la autoridad aduanera podrá reexportar el vehículo o en su defecto, declararlo en abandono.

El Gobierno advirtió que si se detecta que el importador faltó a la verdad en la declaración jurada de importación se le impondrá una multa equivalente a cinco veces la sanción estipulada en la categoría A de la Ley de Tránsito, que actualmente ronda ₡1.400.000.

El reglamento firmado este miércoles le permitirá al MOPT y al Ministerio de Hacienda suscribir convenios o acuerdos con los diferentes países de donde se importan vehículos, para tener acceso e información sobre el historial del automotor y así determinar si en el país de origen fue declarado con pérdida total y conocer cualquier otro dato que se considere necesario.