La discusión de la contracepción de emergencia, popularmente conocida como la pastilla del día después, puede parecer de otra época, pero no para Costa Rica.

Hace 40 años la Convención de 1979 sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) fue el primer intento de abordar los derechos de las mujeres globalmente. Casi veinte años después, la Conferencia Internacional de Naciones Unidas sobre Población y Desarrollo (CIPD) de 1994 en El Cairo expresó de manera coherente la necesidad urgente de un cambio en los derechos de salud sexual y reproductiva (SSR). Sin embargo, hoy, cuatro décadas después de CEDAW y 25 años después de El Cairo, aquí en Costa Rica, los derechos de SSR de las mujeres siguen siendo pisoteados por completo.

Que quede claro, Costa Rica ratificó en 1986 la CEDAW y acogió el CIPD en su momento, que para recordarles a nuestros legisladores, al ministerio de salud y a los lectores, estos documentos ratifican que es el rol del estado defender el respeto del derecho de las mujeres costarricenses a la planificación familiar (CEDAW 1979, Art. 10, 12, y 14), el derecho a controlar el tamaño de su familia (CEDAW 1979, Art. 16), el derecho de las mujeres a " decidir libre y responsablemente el número y el espaciamiento de sus hijos y de disponer de la información, la educación y los medios necesarios para poder hacerlo" (CIPD 1994, principio 8) y, por último, enfatizar la importancia de garantizar la capacidad de las mujeres para controlar su propia fertilidad (CIPD 1994, principio 4).

¿Qué es la contracepción de emergencia? 

Según la Organización Mundial de la Salud, la contracepción de emergencia (CE) se refiere a un método anticonceptivo seguro y eficaz que previene el embarazo después de las relaciones sexuales. Puede referirse al uso de píldoras anticonceptivas de emergencia (PAE) o de dispositivos intrauterinos de cobre (DIU). La CE se puede usar hasta 120 horas después del coito, aunque su efectividad se reduce con el pasar de los minutos (varía de 75 a 95% cuando se usa adecuadamente). Según la OMS, se puede utilizar en caso de relaciones sexuales sin protección, fallo del método anticonceptivo (por ejemplo, ruptura del condón) o en casos de agresión sexual.

Las PAE previenen el embarazo principalmente por dos métodos: (1) retrasar la ovulación o (2) prevenir la fertilización. Si bien se consideró que las PAE también podían prevenir la implantación de un óvulo fertilizado (es decir, abortivas), las pruebas científicas sólidas ahora demuestran que este no es el caso.

Contracepción de emergencia en Costa Rica 

La anticoncepción ha sido reconocida durante mucho tiempo como un medio para que las personas controlen su propia fertilidad de acuerdo con sus intenciones. Como tal, Costa Rica ha reconocido la importancia de proporcionar anticonceptivos gratuitos, seguros y de fácil acceso para las mujeres que lo deseen. Sin embargo, este deber se ha cumplido a medias.

En Costa Rica, y según datos de las Naciones Unidas, se estima que el 47% de todos los embarazos son no deseados. En este momento, la CE es la única posibilidad de prevenir un embarazo no deseado después de que una mujer haya tenido relaciones sexuales y crea que haya podido quedar embarazada —sin tener en cuenta el aborto provocado, que es legal solo cuando la vida de la madre está en peligro (Código Penal, art. 121)—, pero el sistema de salud costarricense no ha reconocido y ha excluido deliberadamente este método anticonceptivo como una opción para las mujeres.

Así, al día de hoy, en Costa Rica la CE aún no está disponible dentro del sistema nacional de salud. Aunque su uso no está castigado por la ley, el registro comercial de las PAE es inexistente y, como tal, no está disponible en farmacias u hospitales.  Hoy, el Ministerio de Salud tramita el registro comercial de la CE a Costa Rica, pero se cuestiona si el mismo debe ser restringido únicamente al uso con receta médica.

Negar el acceso libre a la CE conlleva un gran número de riesgos tanto para la madre como para el niño, incluidos aborto inducido. El embarazo no deseado también ha sido asociado con otros comportamientos riesgosos, como por ejemplo, asistencia tardía a la atención prenatal, uso de sustancias dañinas, y negligencia infantil. Esto, a su vez, puede llevar a resultados maternos y neonatales adversos, como bajo peso al nacer, muerte neonatal y depresión posparto. Además, los embarazos no deseados pueden llevar a dificultades económicas y no poder lograr objetivos personales, educativos y profesionales. Debido a una mayor vulnerabilidad, los adolescentes corren un riesgo especial de sufrir todas las consecuencias mencionadas anteriormente, especialmente las más jóvenes, que tienden a depender de los condones como método anticonceptivo y tienen más probabilidades de experimentar un fracaso de los métodos anticonceptivos.

Entonces, dada su eficiencia reconocida y los riesgos del embarazo no planeado/deseado, surge la pregunta: ¿Por qué no se implementan en Costa Rica? 

En Costa Rica, la discusión de la CE ya tuvo su clímax en 2007 cuando se presentó un proyecto en el poder legislativo con el fin de que las PAE estén disponibles en Costa Rica. En aquel entonces, los científicos aún consideraban que las PAE eran abortivas (según la definición utilizada en Costa Rica y en muchos países de América Latina), y como tal, el proyecto recibió una gran atención principalmente debido al cabildeo de grupos conservadores, y después de meses de debate, terminó con una prohibición de ventas de PAE. Este mensaje tajante y fuerte, proliferó y penetró en muchos ámbitos de la sociedad costarricense, incluidas nuestras instituciones de salud pública, como la Caja Costarricense de Seguro Social. El eco de este mensaje en aquel entonces ha significado que incluso después de casi dos décadas de la presencia de pruebas contundentes que niegan que las PAE sean abortivas, la retórica se mantiene.

Pero hablemos las cosas como son. En Costa Rica aún al día de hoy, el control normativo de los hombres sobre las mujeres se refleja en todos los niveles de las sociedad, desde factores estructurales, como la política o la discriminación institucionalizada de las mujeres, hasta conductas a nivel personal o familiar que a través de las normas de género, socavan a las mujeres por ser “inferiores a los hombres”. Este control de los hombres sobre las mujeres se lleva a cabo en muchas esferas de la vida de la mujer, especialmente en temas relacionados con su sexualidad y fertilidad.

Y aquí está el debate hoy en día, donde las opciones reproductivas de las mujeres se reducen a un puñado de opciones y quieren ahora ser limitadas de nuevo por el estado al tratar de incluir el criterio médico a la hora de recetar las PAE.    Si bien muchas veces se culpa a grupos conservadores por este atraso en derechos fundamentales, también quiero señalar que estos no son la única causa de la disponibilidad limitada de las PAE. El patriarcado (llamemos las cosas por lo que son) en otras instituciones, como la sociedad médica (que debería consagrar la moral de la no maleficencia y la beneficencia) niega, de manera paradójica y sistemática, información clara y acceso a las PAE.

Tradicionalmente, el Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica — una institución dominada por hombres— ha evitado convenientemente una pronunciación clara con respecto a la anticoncepción de emergencia más allá de casos de violación. Esto ha creado una sensación de renuencia a respaldar el uso de las PAE, dejando así a sus asociados con un vacío en su capacidad de toma de decisiones informada, generando una gran confusión y espacio para la decisión basada en la moral y los juicios personales.

Además, al dejar la decisión de recetar las PAE al médico, proporciona a este un atributo paternalista y un rol de "guardián" para acceder a este derecho fundamental. Este tipo de proceso de toma de decisiones con respecto a las PAE, basado en juicios morales, ha sido claramente estudiado en el Reino Unido, donde existen cambios en los patrones de prescripción de PAE basadas en la edad (por ejemplo, los médicos negarían a los adolescentes PAE debido a la sensación de irresponsabilidad) y estado de relación de la mujer (por ejemplo, renuencia a prescribir PAE a mujeres solteras), transfiriendo de manera transgresiva el poder de las titulares de derechos a la mano de los médicos, perpetrando las estructuras machistas de la sociedad.

Todas las afirmaciones antes mencionadas (entre muchas otras) sientan las bases de la convicción de que todas las mujeres deben tener: el derecho a recibir información confiable, precisa, comprensible e imparcial con respecto a la SSR; el derecho y la autonomía para tomar decisiones con respecto a su fertilidad y sexualidad, incluida la anticoncepción adecuada; el derecho a la salud y una vida saludable al tomar decisiones con respecto a las situaciones que pueden afectar negativamente a sus propios cuerpos.

Por lo tanto, se hace un llamado vehemente a las autoridades en salud a la provisión avanzada y sin prescripción de anticoncepción de emergencia para todas las mujeres basadas en las siguientes afirmaciones:

  • Negar, retrasar o condicionar el acceso a las PAE es una falta manifiesta de respeto a los derechos básicos de las mujeres.
  • Las PAE refuerza la autonomía de una mujer para decidir sobre su propia fertilidad.
  • Nadie, excepto una mujer, puede decidir sobre el derecho a usar anticonceptivos como las PAE.
  • Las PAE puede reducir el número de embarazos no deseados, por lo tanto, de sus complicaciones.
  • Las PAE no refuerzan las conductas de riesgo sexual.
  • Las PAE no son abortivas.

Solo reconociendo el alcance total de las afirmaciones y derechos antes mencionados, las mujeres podrán alcanzar el nivel más alto de igualdad que todas deseamos para nuestro país.

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