Con seguridad se preguntará qué tienen en común los elementos descritos en el título pues, en apariencia, remiten a circunstancias diversas. Intentaré explicarlo contextualizando cada caso.

La libertad de expresión frente al abuso de poder estatal

El australiano Julian Assange, fundador en 2007 de WikiLeaks, ha acaparado los titulares porque Ecuador le retiró el asilo diplomático que le había concedido dentro de su Embajada en Londres, desde 2012. Inmediatamente fue arrestado por la Scotland Yard, que lo condujo a una rápida audiencia en donde lo condenó por haber incumplido los términos de la libertad condicional otorgada para enfrentar una solicitud de extradición de Suecia, en donde se le acusaba por delitos sexuales.

Sin embargo, según las mismas autoridades de Londres, la detención verdaderamente se basó en la “Sección 73 de la Ley de Extradición”, como parte del trámite iniciado por EEUU. Assange negaba haber cometido aquellos delitos y aducía ser víctima de una estratagema para conducirlo a EEUU en donde le imputan el delito de "conspiración para intrusión informática" por haber revelado información secreta.

Se trata de 400.000 “Registros de Guerra de Irak”, 90.000 reportes de la guerra en Afganistán (denominados los “Diarios de Afganistán"), 800 de la prisión de Guantánamo y más de 250.000 cables diplomáticos dirigidos a las embajadas de Norteamérica (el "Cablegate"). Se incluye un video, conocido como “asesinato colateral” donde se muestra a dos helicópteros de EEUU disparando contra civiles en Irak, encontrándose entre ellos dos colaboradores de la agencia de noticias Reuters.

Gracias a esa filtración se evidenció la violación al Derecho Internacional Humanitario, a derechos humanos y se descubrieron redes mundiales de corrupción corporativa y gubernamental. Por ese asunto, una soldado norteamericana colaboradora con Assange, Chelsea Manning, fue condenada en 2010, en una corte marcial, a 35 años de prisión y, aun cuando fue indultada por Obama en 2017, permanece en prisión desde marzo de 2019 por negarse a testificar contra WikiLeaks.

Hablamos del mismo país que impuso y ejecutó, en 1951, la pena de muerte a dos civiles estadounidenses, Julius y Ethel Rosenberg, por espionaje durante la guerra fría. Es decir, la amenaza para la vida y la libertad de Assange es real. Pese a que el proceso de extradición de Suecia feneció, por archivarse allí la denuncia, Assange deberá descontar aquella sanción y se expone a ser enviado a EUA.

Al margen de la posible responsabilidad internacional de Ecuador (pues pudo violar las garantías del debido proceso y de no devolución indicadas en la opinión consultiva OC 25-18 evacuada a instancias suyas), el caso patentiza la penalización del ejercicio de un derecho: la libertad de expresión, el cual, si bien tiene límites (y la revelación de secretos o la afectación al honor son unos de ellos), estos ceden ante principios superiores (la denuncia de abusos de poder por las autoridades).

Primera incoherencia: La “democracia más antigua del mundo”, que se atribuye la defensa de la pluralidad de expresiones de pensamiento, reprime, con las más severas sanciones, a quienes divulguen material, aunque sea verdadero, que cuestione su abuso del poder. La censura tiene razones de Estado.

Censura a la literatura

Un conjunto de libros sobre Harry Potter, el personaje de ficción creado por la autora de textos juveniles J.K. Rowlling, fue recientemente incinerado por orden de sacerdotes católicos del Norte de Polonia, atribuyéndoles el propagar fuerzas malignas a través de las ideas de magia y brujería. Si no fuera porque los hechos, en pleno siglo XXI, han quedado documentados, se hubiera pensado que eran parte del Index Librorum Prohibitorum et Derogatorum de la Inquisición Española de 1612 o bien de la novela (y la posterior película) distópica, publicada en 1953, Fahrenheit 451 del escritor estadounidense Ray Bradbury.

Pero no se crea que la censura a las ideas proviene solo de grupos conservadores. También se da en nombre del progreso humano, entre los grupos autodenominados “liberales”. Por ejemplo, recientemente, la escuela Tàber de Barcelona vetó 200 cuentos infantiles (“Caperucita Roja” incluida), por considerarlos tóxicos por cuestiones de género. La medida sería imitada por el colegio Montseny de Barcelona, que procedería a hacer un revisionismo de sus textos para excluirlos de las bibliotecas.

En nuestras fronteras ya hemos tenido esas discusiones. Baste recordar la polémica surgida por el retiro de las listas oficiales de lectura escolar, del libro Cocorí de Joaquín Gutiérrez (por catalogarse como racista) y el impedimento de presentar, ¡en una institución de educación superior!, un texto de los autores Laje y Marques denominado “El libro negro de la nueva izquierda. Ideología de género o subversión cultural” (lo que se impidió por quebrantar la política de género de dicha entidad).

En ambos casos, el asunto escaló hasta la Sala Constitucional, la cual debió hacer referencia a los alcances del la libertad de expresión y recordar lo antidemocrático de la censura, aunque no sin criterios disidentes en algunos casos (ver los votos No. 509-96, No. 5317-2003, No. 2015-7498, No. 2017-6625 y No. 17-016668; los cuatro primeros referentes a Cocorí, tanto en texto como respecto a la adaptación musical, y el último respecto al otro libro).

Segunda incoherencia: El lobo feroz de la censura se ha desatado y recorre el mundo para proteger tanto la “moral” y las ideas religiosas (de unos), como el progreso científico y la racionalidad. La censura usa, en su apoyo, todo cuanto le sirva de pretexto.

La virgen abortista

Una persona integrante de la Asociación de Estudiantes de la Escuela de Sociología de la UCR propone, como diseño para una camiseta de Semana Universitaria, usar una figura de María, Madre de Jesús en el cristianismo, quien posee un pañuelo verde, símbolo de la lucha pro aborto. Inmediatamente se levantan las voces de censura. Lo paradójico es que los colectivos estudiantiles que impulsan el uso de la camiseta forman parte de quienes han hecho llamados a no mezclar religión y política y muchos de quienes censuran la imagen, integran el grupo que, en la campaña electoral recién pasada, atacó la figura de María, en la advocación de “Reina de los Ángeles” o “La Negrita”.

No puede negarse que el uso, fuera de su contexto, de símbolos de cualquier religión con la finalidad de promover ideas contrarias o criticar la cosmovisión de unos, es, a lo menos, imprudente y poco o nada ayuda en el proceso de diálogo, concientización y tolerancia, ya que ingresa a la zona de la fe la cual es, por definición, ajena a la razón.

Ya se puso de manifiesto con el atentado al Semanario francés Charlie Hebdo, órgano que constantemente satirizaba sobre los sistemas de creencias islamistas y, sin que eso sea justificación de la barbarie sufrida, vivió un incremento de la espiral de violencia. Pero ese, mi juicio de valor sobre la conveniencia o no de un proceder, no justifica ningún ataque a un derecho fundamental como es la libertad de expresión pues, de posibilitarse, otros podrán considerar subversivo aquello que representa mi ideario.

Ubiquémonos en el contexto de lo expuesto: el catolicismo (que quema libros de Harry Potter en Polonia) aquí pide respeto a sus íconos religiosos. Los neopentecostales de Costa Rica, hace menos de un año arremetieron contra “La Negrita” en la campaña y denunciaron a una universidad por censurarles la difusión de un libro pero hoy piden la censura de la “virgen abortista”.

Tercera incoherencia: si no ha bastado el Estado para reprimir, o la educación para censurar, las ideas ajenas…la religión cristiana, que teóricamente se basa en el amor al prójimo, echa su mano para acallar al disidente. La censura se refuerza con el tema religioso.

Un repaso por la historia patria

Vigilar y callar a un “otro-peligroso” ha sido parte del ideario de los totalitarismos. A Carlos Luis Fallas se le requisaban los paquetes postales importados ante el riesgo de que, en estos, trajera libros prohibidos con afán de propalar, como si de un virus se tratara, sus “ideas comunistas”.

En 1991, se decomisaron, previo a su circulación y a una sentencia judicial, los 2.500 ejemplares del libro El caso Chemise. Aunque los autores serían llevados a juicio tiempo después, la Constitución establece, en su artículo 29, que “Todos pueden comunicar sus pensamientos de palabra o por escrito, y publicarlos sin previa censura”.

Censurar siempre será la primera y última tentación del autoritarismo. Esa paráfrasis alude, claro está, a la película de 1988 La última Tentación de Cristo, de Martin Scorsese (basada en el libro de Nikos Kazantzakis publicado en 1953, gracias al cual el autor fue excomulgado de la Iglesia Católica Ortodoxa). Allí se presentaban facetas poco convencionales de Jesús, por lo que se consideró una ofensa a los valores del cristianismo. Fue prohibida en Chile, Turquía, México, Filipinas, Singapur y Argentina. En otros sitios, como EUA y Francia, su difusión estuvo rodeada de protestas, incluida la quema de cines en el barrio de Saint Michel de Francia con 14 heridos, cuatro de ellos graves y en Besançon, con un muerto.

Cuarta incoherencia: En nombre del amor y para defender el dogma, matamos a las personas.

A Costa Rica la cinta llegó y la jerarquía de la Iglesia Católica trató de evitar su difusión comercial, logrando que el Poder Ejecutivo hiciera uso del Decreto Ejecutivo #20373-J para prohibirla. Esta normativa fue cuestionada ante la Sala Constitucional que, por sentencias números 1101-92, 1156-94, 0169-95 y 682-95, declaró su inconstitucionalidad y posibilitó la exhibición (no sin antes declarar, con carácter vinculante para todos, que ¡el diablo existe!).

En el Chile-de-Pinochet, sin embargo, su Suprema Corte, en 1997, avaló la censura (posibilitada desde la misma Constitución Política de ese país). Ante ello, se acudió a la Corte IDH y esta, en la sentencia del caso Olmedo Bustos y otros contra Chile del 05 de febrero de 2001, condenó a ese país por impedir esa divulgación, lo que tuvo como resultado, finalmente, la reforma constitucional para adecuar su normativa al pronunciamiento internacional.

Tolerancia, discusión y razón

El común denominador de todos los casos es la limitación a la libertad de expresión: ora invocando razones de Estado, de defensa de la moral, de valores religiosos o del avance de la ciencia pero, en realidad, lo único que se tutela, detrás de esas etiquetas, es una visión autoritaria que desconoce la dignidad humana al negarle al otro la capacidad de juicio crítico.

Ahora, con la existencia de precedentes convencionales sobre la materia, es previsible la decisión jurídica (salvo que la Sala Constitucional quiera seguir el camino de disidencia a los votos de la Corte IDH que ya tomó antes). Pero lo que preocupa es el tema sociológico de fondo. Una democracia no tolera la censura de las ideas, sean cuales sean estas y sin que importe quién pretenda ejercerla. A la expresión del pensamiento no hay que ponerle cortapisas, sino reforzarlo o doblegarlo mediante el análisis y la discusión.

Este es, entonces, un llamado a ejercer la tolerancia y a usar la razón para educar y no para imponer, o acallar, en el otro, aquello de lo que no soy capaz de convencerlo argumentalmente, recordando la siempre oportuna frase, atribuida falsamente a Voltaire (aunque es de su biógrafa Evelyn Beatrice Hall): “Estoy en desacuerdo con lo que dices, pero defenderé hasta la muerte tu derecho a decirlo".

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