Una reñida votación en el Plenario de la Asamblea Legislativa dio al traste con la intención de algunos diputados de eliminar una amnistía para que las deudas que los contribuyentes tengan con tres instituciones ajenas al Ministerio de Hacienda, pese a que un criterio técnico-legal advirtió días atrás que se trata de una potencial inconstitucionalidad.
Se trata de la moción de reiteración número 151 del plan fiscal, la cual fue votada la mañana de este martes en una sesión extraordinaria que arrancó a las 9:00 a.m. y culminó a las 12:30 p.m.
La modificación era propuesta por José María Villalta y pretendía dejar únicamente la amnistía a las deudas por concepto de impuestos administrados por la Dirección General de Tributación o la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda.
Paralelamente, la moción eliminaba la amnistía para deudas con el Instituto de Desarrollo Rural (INDER), incluyendo casos pendientes del Instituto de Desarrollo Agrario (IDA), el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) y el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS).
La moción fue rechazada con los votos de Liberación Nacional (excepto de la diputada Franggi Nicolás que votó a favor), Acción Ciudadana y el independiente Erick Rodríguez, sumando en su conjunto 27 votos negativos.
En contraparte, Restauración Nacional, el Frente Amplio, la Unidad Social Cristiana y el Republicano Social Cristiano votaron a favor de entrar a conocer la moción que pretendía eliminar la amnistía inconexa. En su conjunto alcanzaron 26 votos, insuficientes para poder aprobar la propuesta.
Si se aprobaba, los diputados podían quedarse tranquilos luego de una advertencia hecha por el Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa, asesor legal de los diputados, quien señaló que la amnistía para las deudas con el INDER, IFAM e IMAS no guarda relación con el propósito original del proyecto, hecho que podría causar su declaratoria de inconstitucionalidad en la Sala IV.
El oficio AL-DEST-CJU-085-2018 advierte que el proyecto, inicialmente, solo establecía una amnistía para que quienes estuvieran morosos en el pago de sus obligaciones con Tributación, pero posteriormente se introdujo una amnistía para las deudas con otras instituciones, las cuales recaudan impuestos a los cigarrillos, gaseosas, cervezas y otras bebidas alcohólicas, y el impuesto a los moteles y lugares afines.
El documento agrega que esa amnistía es injusta y constituye un trato desigual y discriminatorio con respecto a los buenos pagadores.
“Una deuda sin intereses en el tiempo representa ni más ni menos que un monto menor del que efectivamente pagó quien cumplió con la normativa tributaria en el tiempo. Un determinado monto de dinero de hoy es menos cantidad de dinero que esa misma cantidad nominal sin la inflación o devaluación de años anteriores”
El informe agregó que si el hecho de no honrar a tiempo las deudas tributarias no es sancionado con multas u otros castigos, sino más bien con un trato preferente como lo sería la amnistía, el mensaje que se está dando no corresponde con el objetivo esencial del proyecto, cual es, “mejorar y fortalecer las finanzas públicas”.
“La amplia y genérica amnistía tributaria de intereses y multas comprendida en el Transitorio VI del Título V del proyecto no guarda relación de conexidad con la propuesta original, pues ésta era limitada y relacionada únicamente con el impuesto de general de ventas que propone transformar”
–Conclusión del informe técnico-legal.