En el Reporte Delfino del 28 de noviembre del año pasado les hicimos un recuento de los casos de "violencia política" contra vicealcaldesas que han llegado a oídos del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).
En ese entonces el último era una condena al alcalde de Golfito, quien emprendió acciones que le impidieron a la primera vicealcaldesa desempeñarse eficazmente en su cargo y se sumaba a otros seis casos que constan en los registros públicos del Tribunal.
Las municipalidades involucradas hasta ahora, habían sido las de Golfito, Matina, Guatuso, Limón, Turrubares y Alajuela. En todos los casos se trató de alcaldes liberacionistas, que tomaron acciones en perjuicio de vicealcaldesas de su mismo partido.
"Hay un afán de menoscabar el ejercicio de ese cargo, principalmente cuando este es ocupado por mujeres. Se ha logrado apreciar un afán de afectar, con algún nivel de sistematicidad, el normal desarrollo de las tareas que ellas ejecutan".
--Tribunal Supremo de Elecciones, 2017
Sin embargo, el más reciente caso es el de la Municipalidad de Goicoechea, donde es la alcaldesa, Ana Lucía Madrigal Faerron la que ha tomado acciones contra su vicealcalde primero, Fernando Chavarría Quirós en al menos tres ocasiones, acarreando condenas en perjuicio del gobierno local.
En el 2016, el Tribunal condenó a la Municipalidad luego de que Madrigal le negara a Chavarría el acceso a la información administrativa y le ridiculizara ante los jefes de departamento; y en el 2017 se emitió una condena luego de que le escondiera al vicealcalde que tomó vacaciones para que él no la sustituyera.
Ahora, este año, Chavarría denunció que la alcaldesa no le ha asignado el personal suficiente que le colabore en sus tareas; que se le afectaron los derechos laborales al enviarlo de vacaciones de forma obligatoria sin comunicárselo debidamente; que no se le tiene en cuenta en la toma de decisiones de la municipalidad; y que las funciones delegadas son insignificantes y no acordes a la investidura e importancia del cargo que los electores de la Municipalidad de Goicoechea le encomendaron.
Los magistrados le dieron la razón al denunciante en los puntos 1 y 4. En primer lugar, recordaron que si bien la asignación de funciones al vicealcalde primero constituye una actividad discrecional del alcalde o alcaldesa, esta debe ser "acorde a la dignidad del cargo, es decir a su jerarquía dentro de la estructura municipal".
De este modo, el Tribunal reprochó que la alcaldesa le asignara al segundo al mando tareas ordinarias que corresponden al personal administrativo, técnico o profesional de la municipalidad, con lo cual impedía el desempeño del cargo de elección popular para el cual resultó elegido Chavarría.
Finalmente, los magistrados constataron que el vicealcalde ha estado trabajando sin un asistente, ante el alegato de "limitación presupuestaria" por parte de la alcaldesa, a pesar de que ese argumento no es de recibo.
"Este Tribunal aprecia que el recurrente se encuentra en un ámbito de precariedad laboral al carecer de funciones acordes a la dignidad de su cargo y, a su vez, del recurso humano mínimo para el desempeño de las labores que debe asignarle la Alcaldesa, conforme al mandato conferido", dice el fallo.
Los jueces electorales ordenaron asignar al vicealcalde funciones administrativas y operativas acordes al cargo que ostenta así como mínimo una secretaria, bajo la advertencia que, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, en el futuro se abstenga de realizar actos similares pues de lo contrario podría incurrir en el delito de desobediencia.
Asimismo, el TSE condenó a la municipalidad de Goicoechea al pago de las costas, daños y perjuicios causados los cuales deberán cobrarse mediante un proceso de ejecución de sentencia en la sede contenciosa-administrativa.
¿Dónde está el Consejo Municipal? En los casos anteriores, el TSE señaló que es responsabilidad de ese órgano el solventar los problemas que ocurran a lo interno de la Municipalidad entre los jerarcas, sin embargo, acá es evidente que no se ha actuado como corresponde.
Cabe señalar además la coincidencia de que todos los casos que ha conocido el Tribunal involucran a integrantes del Partido Liberación Nacional, por lo que la agrupación tiene otro asunto sobre el cual tomar cartas de manera urgente.